BOPV nº 99 · · Cultura
ORDEN de 30 de abril de 2009, de la Consejera de Cultura, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones para actividades musicales profesionales.
De conformidad al artículo 14.1.f) del Decreto 8/2005, de 27 de junio, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, competen al Departamento de Cultura las funciones relativas a actividades artísticas y culturales así como su difusión. Las referidas funciones en el seno del Departamento de Cultura, en virtud del Decreto 25/2006, de 14 de febrero, por el que se establecen su estructura orgánica, son atribuidas a la Dirección de Promoción de la Cultura de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes. Dicha Dirección, en el marco de su ámbito competencial, estima oportuno proceder a arbitrar un cauce que permita la promoción de la música mediante la concesión de ayudas a proyectos para la realización de las siguientes actividades profesionales: composición musical, edición impresa de partituras musicales, producción musical, giras musicales, proyectos empresariales de difusión musical y asistencia a ferias musicales. Con tal medida se pretende obtener una fórmula de promoción de la labor creativa de los músicos vascos y posibilitar además, que obtengan el reconocimiento a su labor y abran los posibles mercados que permitan incrementar la financiación de los mismos. En virtud de lo cual, RESUELVO : CAPÍTULO I NORMAS GENERALES Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden la regulación de las condiciones de otorgamiento de subvenciones para actividades musicales profesionales que se lleven a cabo durante el ejercicio 2009 o bien, en algunas de las modalidades, las que se desarrollen entre 2009 y 2010. Artículo 2 Modalidades, procedimiento de concesión y recursos económicos. La presente convocatoria comprende las siguientes modalidades de ayuda: a) Ayudas a proyectos de composición musical. b) Ayudas a la edición impresa de partituras musicales. c) Ayudas a proyectos de producción musical. d) Ayudas a giras musicales. e) Ayudas a proyectos empresariales de difusión musical. f) Ayudas para la participación en ferias musicales. El procedimiento de concesión para las modalidades de ayudas a), b), c), d) y e) del número precedente será el de concurso y, a tal efecto, en aplicación de los criterios que para cada una de ellas se establecen, se procederá a la valoración de las respectivas solicitudes y a la distribución de las ayudas, tal como prevé el artículo 7 de esta convocatoria. Las ayudas para la participación en ferias musicales se otorgarán mediante un sistema de módulos y prorrateo, tal como se detalla en el Capítulo VII de esta Orden. El importe global del crédito destinado a financiar las ayudas que se conceden al amparo de esta Orden es de cuatrocientos treinta y nueve mil euros (439.000,00), el cual se distribuirá de la siguiente manera: a) treinta y cuatro mil euros (34.000,00) para composición musical; b) treinta mil euros (30.000,00) para la edición impresa de partituras. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.