BOPV nº 99 · · Vivienda y Asuntos Sociales
RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 2008, del Viceconsejero de vivienda, por la que se corrigen los errores detectados en la Resolución de 28 de diciembre de 2007 del Viceconsejero de Vivienda, se concedieron a Ayuntamientos, Entidades Locales Menores y Entidades Privadas sin ánimo de lucro y de utilidad pública para la elaboración de planes de accesibilidad, para la ejecución de obras de mejora y para la adquisición de equipamiento, a fin de garantizar la accesibilidad en el entorno urbano y en la
Mediante Orden de 2 de agosto de 2007, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, se convoca y regula la concesión de subvenciones a Ayuntamientos, Entidades Locales Menores y Entidades Privadas sin ánimo de lucro y de utilidad pública para la elaboración de planes de accesibilidad, para la ejecución de obras de mejora y para la adquisición de equipamiento, a fin de garantizar la accesibilidad en el entorno urbano y en las edificaciones, y se determina el plazo y lugar de presentación de las solicitudes correspondientes a las mismas. El artículo 6 de la referida Orden de 2 de agosto de 2007, establece que para el análisis y evaluación de las solicitudes presentadas se constituirá un tribunal calificador, el cual sobre la base de los criterios de adjudicación determinados en la propia Orden de 2 de agosto de 2007, elevará la oportuna propuesta de resolución al Viceconsejero de Vivienda. A la vista del Acta presentada en su día por el Tribunal de Valoración y teniendo en consideración lo dispuesto en los artículos 6 y 8 de la Orden de 2 de agosto de 2007, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, por la que se convoca y regula la concesión de subvenciones a Ayuntamientos, Entidades Locales Menores y Entidades Privadas sin ánimo de lucro y de utilidad pública para la elaboración de planes de accesibilidad, para la ejecución de obras de mejora y para la adquisición de equipamiento, a fin de garantizar la accesibilidad en el entorno urbano y en las edificaciones, que igualmente determina el plazo y el lugar de presentación de esta solicitud de subvenciones y en el Decreto 19/2001, de 17 de septiembre, del Lehendakari, por el que se modifica el Decreto de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, el Viceconsejero de Vivienda dictó la Resolución de 28 de diciembre de 2007, publicada en el BOPV de 3 de abril de 2008, denegando la concesión de las subvenciones solicitadas a algunos de los Ayuntamientos, Entidades Locales Menores y Entidades Privadas sin ánimo de lucro por los motivos que se exponían, concediendo subvenciones a los Ayuntamientos, Entidades Locales Menores y Entidades Privadas sin ánimo de lucro que figuraban en el anexo I por el importe especificado en el mismo, y ordenando la notificación de la Resolución a todas las entidades interesadas y su publicación en el BOPV. Mediante escrito de 21 de abril de 2008, del Ayuntamiento de Santurtzi, se notifica la detección de un error en la concesión de la subvención para la obra «Instalación de repetidores acústicos» en dicho ayuntamiento, recogida en el mencionado anexo I de la Resolución de 28 de diciembre de 2007 del Viceconsejero de Vivienda. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.