BOPV nº 95 · · Industria, Comercio y Turismo

CORRECCIÓN DE ERRORES de Resolución de 24 de marzo de 2009, de la Comisión de Precios de Euskadi, por la que se aprueban las tarifas presentadas por el Ayuntamiento de Barakaldo para el servicio público de transporte urbano de viajeros en Auto-Taxi para el ejercicio 2009.

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto. Advertidos errores de dicha índole en la Resolución de 24 de marzo de 2009, de la Comisión de Precios de Euskadi, por la que se aprueban las tarifas presentadas por el Ayuntamiento de Barakaldo para el servicio público de transporte urbano de viajeros en Auto-Taxi para el ejercicio 2009, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 81, de 4 de mayo de 2009, se procede a su corrección. En el artículo primero, Tarifa I (*), página 2009/2320 (2), donde dice: (*) Esta tarifa será aplicable los días laborables desde las 07:00 horas a las 23:00 horas. Debe decir: (*) Esta tarifa será aplicable los días laborables desde las 07:00 horas a las 22:00 horas.

Publicación oficial en euskadi.eus