BOPV nº 92 · · Vivienda y Asuntos Sociales
ORDEN de 4 de mayo de 2009, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, por la que se convocan las ayudas para la ejecución de programas en materia de inmigración y convivencia intercultural en los municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en desarrollo del Decreto 61/2007, de 17 de abril, por el que se regulan las ayudas para la realización de actividades en los ámbitos de la inmigración y de la convivencia intercultural (LOC).
Por Decreto 61/2007, de 17 de abril, se regulan las líneas básicas de ayudas a conceder por la Dirección de Inmigración del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales en materia de inmigración e interculturalidad. En el mismo se faculta al Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales para dictar las Órdenes precisas para su desarrollo y ejecución. La presente Orden se refiere a las ayudas previstas en el Capítulo III del Decreto 61/2007, de 17 de abril «Línea de ayudas para la creación y consolidación de la red de acogida a personas inmigrantes extranjeras de base municipal», en el apartado c) del artículo 19.2 «Ejecución de programas en materia de inmigración e interculturalidad». La financiación de la convocatoria se realiza con cargo a los créditos autorizados por la Ley 19/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2009. Esta Orden tiene como objeto regular la concesión de ayudas a las Diputaciones Forales y a las Entidades Locales de la CAPV en cuya demarcación territorial reside un número de personas extracomunitarias que hace recomendable que se lleve a cabo una actuación pública para favorecer su integración. La presente Orden delimita el objeto del programa, la forma, lugar, plazo de presentación de las solicitudes, el crédito presupuestario con el que cuenta, así como las condiciones y requisitos para la adjudicación de las ayudas. Con esta Orden y el Decreto anterior se cumplen las previsiones legales que rigen la convocatoria pública de subvenciones. La política de inmigración es una política transversal y multilateral que afecta a todos los departamentos y áreas, y que se debe tener en cuenta en el desarrollo del resto de políticas. El hecho inmigratorio exige la implicación de todas las áreas y es responsabilidad pública la inclusión de las personas inmigrantes en la comunidad política receptora para que se pueda así lograr su efectiva integración. Además, esa responsabilidad pública se extiende a la población inmigrante en la misma medida que se extiende a la población autóctona, de cara al logro de los parámetros mínimos de una integración recíproca. De ahí la financiación de la ejecución de las políticas públicas de inmigración. La Dirección de Inmigración del Gobierno Vasco es consciente del papel que tienen las Entidades Locales en la acogida a las personas inmigrantes y en la prevención de conductas discriminatorias por razón de origen. A través de esta línea de ayudas se pretende colaborar con las Entidades Locales para que lleven a cabo las medidas necesarias para lograr una convivencia armoniosa y favorecer unas condiciones de vida dignas para todas las personas que residen en el término municipal. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.