BOPV nº 91 · · Vivienda y Asuntos Sociales

RESOLUCIÓN de 4 de mayo de 2009, del Director de Inmigración, por la que se determina el importe del crédito presupuestario destinado a financiar las ayudas a las entidades locales para la continuidad de la contratación de personal técnico en inmigración, que se establece en el Decreto 61/2007, de 17 de abril, por el que se regulan las ayudas para la realización de actividades en los ámbitos de la inmigración y de la convivencia intercultural (TEC).

ANTECEDENTES EL Decreto 61/2007, de 17 de abril, por el que se regulan las ayudas para la realización de actividades en los ámbitos de la inmigración y de la convivencia intercultural, publicada en el BOPV del 2 de mayo de 2007, regula las ayudas a las Entidades Locales que cuentan con una red de acogida a personas inmigrantes. Entre las ayudas previstas dirigidas a las Entidades Locales, se establece la necesidad de contribuir a la continuidad en la contratación de personal técnico en inmigración ya existente, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. En el artículo del 2 del mencionado Decreto, se establece que anualmente, mediante Resolución del Director o Directora de Inmigración se fijará el importe de los créditos presupuestarios destinados a financiar la continuidad de la contratación de personal técnico en inmigración, debiéndose dar publicidad de ello en el Boletín Oficial del País Vasco. La financiación de la convocatoria se realiza con cargo a los créditos autorizados por la Ley 19/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2009. El objeto de la presente Resolución es fijar el importe de los créditos presupuestarios destinados a financiar la continuidad en la contratación de personal técnico en inmigración. En su virtud, RESUELVO : Primero Esta línea de ayuda se dará en aquellos casos en los que las contrataciones de personal técnico en inmigración hayan estado vigentes en el año anterior al de la convocatoria de la ayuda. El plazo de ejecución de los programas es el ejercicio 2009. Segundo El crédito presupuestario destinado a las ayudas para financiar la continuidad de la contratación de personal técnico en inmigración, para el año 2009 es de: 555.734 euros. La cuantía máxima de la ayuda para la contratación de personal técnico en inmigración será de 33.344 euros por persona. Si el costo real fuera inferior a dicha cantidad el importe de la ayuda se reducirá hasta el mismo. Tercero Para determinar la continuidad en la contratación, además de los requisitos establecidos en el Decreto 61/2007, de 17 de abril, el número de personal técnico en inmigración financiable se determinará en relación a los siguientes ratios, a fecha 1 de enero de 2009. En ningún caso se subvencionarán los gastos de más de tres técnicos o técnicas por Entidad Local. a) Entre 500 y 1.500 personas empadronadas en la entidad solicitante a 1 de enero de 2009.: un técnico o técnica. b) A partir de 1.500 personas extracomunitarias empadronadas en la entidad solicitante a 1 de enero de 2009: hasta tres técnicos/as. c) En caso de acreditarse la existencia de un colectivo en situación de riesgo o de desprotección que requiera una intervención especifica con el fin de paliar las dificultades que impiden la integración y el desarrollo personal y social de sus miembros: un/a técnico/a. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus