BOPV nº 90 · · Educación, Universidades e Investigación

ORDEN de 24 de marzo de 2009, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan subvenciones a los Centros de enseñanzas musicales, a cuya financiación contribuyen las Administraciones Públicas Locales.

Las enseñanzas musicales han sido y son el principal referente de las enseñanzas artísticas en Euskadi por su tradicional implantación debida al especial atractivo que esta actividad ha suscitado en nuestro Pueblo y, muy especialmente, a la implicación en su oferta que han ejercido las Administraciones locales (Ayuntamientos). En correspondencia a la importancia social que ostentan, al esfuerzo municipal y a la responsabilidad y competencias que le son propias en la formación de los ciudadanos y ciudadanas, también la Administración Educativa, Departamento de Educación, Universidades e Investigación, han dedicado una especial atención y recursos a su ordenación, planificación y financiación. En esta línea, el Acuerdo del Parlamento Vasco de 27 de octubre de 2006, de aumentar progresivamente la dotación presupuestaria para alcanzar el 33% de financiación del coste total de estas enseñanzas en un plazo de cinco años en la red de Escuelas de Música de financiación municipal es un hito en el camino de la normalización de la mismas, que esta convocatoria contempla y que se continuará y completará con la normativa que a corto plazo cerrará el proceso organizativo y de financiación de esta red. Así, la presente Orden, dirigida a los Centros de enseñanzas musicales a cuya financiación contribuyen las Administraciones Públicas Locales, por la que se les convoca a estos centros a solicitar las subvenciones correspondientes, tiene como objetivo contribuir al sostenimiento de los mismos, y, en consecuencia, al cumplimiento de los objetivos expresados. Por todo lo cual, y en cumplimiento de lo previsto en la Ley 19/2008 de 29 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 2009, donde se asignan las partidas presupuestarias para ayudas a Centros de enseñanzas musicales, RESUELVO : Artículo único Convocar ayudas económicas para las Escuelas de Música reguladas por el Decreto 289/1992, de 27 de octubre, y para los Conservatorios y Centros autorizados a cuya financiación contribuyen las Administraciones Públicas Locales con financiación no inferior al 25% del gasto corriente. BASES Primera El objeto de la convocatoria es la subvención a los centros citados en el artículo único para la financiación de los costes de personal referidos al ejercicio económico de 2009. Segunda Presentación de solicitudes. Los centros interesados deberán presentar su solicitud mediante instancia dirigida al Ilmo. Sr. Director de Centros Escolares del Departamento de Educación, Universidades e Investigación conforme al modelo contenido en el anexo II, a la que deberán adjuntar con carácter preceptivo, los documentos que se describen a continuación: a) Estatuto de fundación del Centro cuando se acude por primera vez a la convocatoria o se ha producido alguna modificación en el mismo desde la última vez que se participó en la misma. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus