BOPV nº 90 · · Educación, Universidades e Investigación

ORDEN de 24 de marzo de 2009, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan subvenciones a los Centros de enseñanzas musicales, a cuya financiación no contribuyen las Administraciones públicas locales.

Las enseñanzas musicales han sido y son el referente de las enseñanzas artísticas en Euskadi por su tradicional implantación debida al especial atractivo que esta actividad ha suscitado en nuestro Pueblo. La iniciativa privada ha cubierto, también en circunstancias y ámbitos geográficos determinados, una función de acercamiento y difusión de estas enseñanzas a la sociedad. El Departamento de Educación, Universidades e Investigación y el Gobierno Vasco, en el uso de sus competencias y responsabilidad en la formación de sus ciudadanos y ciudadanas, han dedicado una especial atención y recursos a su ordenación, planificación y financiación. En esta línea, la dotación presupuestaria para estas enseñanzas pretende plasmar un proceso de normalización acorde con la implantación de las mismas en el País, tanto en lo referido a su distribución espacial como al equilibrio de las enseñanzas, sus niveles y especialidades impartidas y a impartir. En el camino de este proceso, la entidad de la partida presupuestaria destinada al sector demanda matizar y aquilatar las exigencias a los propios centros, tanto de la gestión docente como económica, con especial referencia al cumplimiento de la normativa básica en cuanto a la impartición de especialidades en el adecuado servicio al alumnado. Así, la presente Orden, dirigida a los Centros de enseñanzas musicales a cuya financiación no contribuyen las Administraciones públicas locales, por la que se les convoca a estos centros a solicitar las subvenciones correspondientes, tiene como objetivo contribuir al sostenimiento de los mismos, y, en consecuencia, al cumplimiento de los objetivos expresados. Por todo lo cual, y en cumplimiento de lo previsto en la Ley 19/2008 de 29 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 2009, donde se asignan las partidas presupuestarias para ayudas a Centros de enseñanzas musicales, RESUELVO : Convocar ayudas económicas para las Escuelas de Música reguladas por el Decreto 289/1992, de 27 de octubre, y para los Centros autorizados a cuya financiación no contribuyen las Administraciones públicas locales, o con financiación inferior al 25% del gasto corriente. BASES: Primera El objeto de la convocatoria es la subvención a los centros citados en el artículo único para la financiación de los costes de personal referidos al ejercicio económico de 2009. Segunda Presentación de solicitudes. Los centros interesados deberán presentar su solicitud mediante instancia dirigida al Ilmo. Sr. Director de Centros Escolares del Departamento de Educación, Universidades e Investigación conforme al modelo contenido en el anexo II, a la que deberán adjuntar con carácter preceptivo, los documentos que se describen a continuación: a) Estatuto de fundación del Centro cuando se acude por primera vez a la convocatoria o se ha producido alguna modificación en el mismo desde la última vez que se participó en la misma. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus