BOPV nº 88 · · Educación, Universidades e Investigación

ORDEN de 21 de abril de 2009, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convocan ayudas para financiar proyectos y actividades a realizar en el curso escolar 2009-2010 por las Federaciones y Confederaciones de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos y Alumnas de los centros públicos dependientes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación y de los centros privados concertados, de niveles no universitarios ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En la política educativa emprendida por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, las Federaciones, como nexo de unión entre Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos y Alumnas con unos mismos intereses y las Confederaciones como enlace de Federaciones, son elementos fundamentales en el desarrollo de una política educativa equilibrada y armónica, ya que en su función orientada a fomentar la participación de los padres y madres, tanto en el control y gestión de los centros escolares como en la, no menos importante, de ser copartícipes en la mejora de la calidad de la enseñanza del sistema educativo de la CAPV, o en el esfuerzo para fomentar el uso del euskera entre los sectores implicados, adquieren el papel de ser vehículo de canalización eficaz, desarrollando proyectos factibles tendentes a la consecución de que, objetivos como los señalados, no se vean abocados al fracaso por dispersión de las partes interesadas. Asimismo, en la política educativa del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, juega un papel relevante la integración del alumnado con Necesidades Educativas Especiales. En ese sentido, las Federaciones y las Confederaciones de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos y Alumnas, deben promover proyectos que, no sólo sensibilicen sino que impulsen, en las Asociaciones de Madres y Padres, la necesidad de llevar a cabo actividades extraescolares en las que la integración de los alumnos y alumnas con Necesidades Educativas Especiales de cada Comunidad Escolar en la que están constituidas las diferentes Asociaciones de Madres y Padres, sea una realidad. El carácter limitado de los recursos disponibles para estas ayudas, hace que el ámbito de éstas se circunscriba a aquellos sectores federativos o confederativos de los Madres y Padres de Alumnos y Alumnas que disponen, en algunos casos, de menor capacidad económica, siendo éstos los de las Federaciones y Confederaciones de Madres y Padres de Alumnos y Alumnas de la Enseñanza sostenida total o parcialmente con fondos públicos y constituidas según lo establecido en la legislación. De acuerdo con todo lo referido, procede realizar una convocatoria de ayudas con cargo a la dotación presupuestaria consignada al efecto. Por ello, de conformidad con lo establecido en las disposiciones contenidas en el Título VI del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, referente a la regulación de las subvenciones en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi y en la Ley 19/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de a Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2009 y demás disposiciones de general aplicación, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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