BOPV nº 87 · · Justicia, Empleo y Seguridad Social

ORDEN de 22 de abril de 2009, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por la que se regulan subvenciones para la realización de actividades en el área de la inclusión social en el País Vasco.

La Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social, tiene por objeto regular el Sistema Vasco de Garantía de Ingresos e Inclusión Social y, en su marco, el derecho a las prestaciones económicas y a los instrumentos orientados a prevenir el riesgo de exclusión, a paliar situaciones de exclusión personal, social y laboral, y a facilitar la inclusión de quienes carezcan de los recursos personales, sociales o económicos suficientes para el ejercicio efectivo de los derechos sociales de ciudadanía. Las prestaciones económicas reguladas en la Ley, constituyen la vertiente de políticas pasivas del Sistema Vasco de Inclusión que se ven reforzadas con otras actuaciones dirigidas a la inclusión social y laboral de los perceptores, entre las que se encuadra la realización de actividades en el área de la inclusión social en el País Vasco. En este sentido, en la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, se regulan los Convenios de Inclusión, instrumentos de carácter social destinados a la inclusión y a la prevención de la exclusión, la cual los configura como la vertiente de políticas activas del sistema y como su principal instrumento de intervención. El Gobierno Vasco ha impulsado distintas actuaciones y programas para reforzar la dimensión de políticas activas que debe contener la lucha contra la exclusión social y así, por lo que se refiere a este fomento en relación con las Administraciones Públicas, cabe citar el programa por el que se establecen los estímulos al empleo de los titulares de la Renta de Garantía de Ingresos y de los beneficiarios de las ayudas de emergencia social, el programa Auzolan para la inclusión laboral de las personas en situación o riesgo de exclusión, así como el programa por el que se distribuyen las ayudas económicas para la contratación de personal de refuerzo para llevar a cabo los programas dirigidos a la inclusión social. Además, se ha considerado necesario abordar conjuntamente con la iniciativa pública el reforzamiento de las políticas activas de inclusión desde el punto de vista de la sociedad civil, es decir, en relación con las entidades y organizaciones sin ánimo de lucro que intervienen en estos procesos de lucha contra la exclusión, estimulando la colaboración con los servicios sociales de base al objeto de promover y dinamizar la suscripción y ejecución de los convenios de inclusión, piedra angular de la política contra la exclusión social. Esta Orden establece la regulación de las ayudas que el Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social otorgará a los consorcios, las mancomunidades, los ayuntamientos y las entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización de actividades inscritas dentro de programas de inclusión social, tanto de prevención como de integración, en colaboración con los servicios sociales de base y teniendo como instrumento básico los convenios de inclusión. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus