BOPV nº 87 · · Hacienda y Administración Pública
RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2009, del Director del Instituto Vasco de Administración Pública (IVAP), por la que se convocan cursos de euskera durante el curso 2009-2010.
RESUELVO : Artículo único Aprobar la convocatoria de cursos para los tres primeros perfiles lingüísticos dirigidos al personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma y a sus Organismos Autónomos durante el curso 2009-2010, de acuerdo con lo dispuesto en los anexos I y II. En Vitoria-Gasteiz, a 21 de abril de 2009. El Director del Instituto Vasco de Administración Pública, JON KOLDOBIKA URRUTIA MINGO. ANEXO I BASES Primera Objetivo. Promover e impulsar la capacitación lingüística del personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma Vasca. Segunda Personal destinatario. Podrá acogerse a esta convocatoria el personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma Vasca. De acuerdo con el Decreto 86/1997, que regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi: Podrá participar en esta convocatoria: El personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos. Queda excluido de la presente convocatoria: El personal perteneciente a los Sectores Docente, Ertzaintza, Administración de Justicia y a Osakidetza. En la concesión de autorización para la formación lingüística en euskera dentro del horario laboral, los departamentos aplicarán los criterios fijados en la Instrucción del 27 de mayo de 2004 de la Viceconsejería de Función Pública. En todo caso, el IVAP ofertará la formación lingüística dentro de sus disponibilidades presupuestarias. Tercera Convocatorias para el curso 2009-2010. El IVAP publicará dos convocatorias para el curso 2009-2010. La presente convocatoria, que regula todo el curso, es la principal del curso 2009-2010. Se ofrecen cursos tanto en horario laboral como en horario extralaboral. La oferta para el segundo cuatrimestre del curso 2009-2010 se hará mediante una convocatoria complementaria a ésta que se publicará en el mes de noviembre. En dicha convocatoria de noviembre se podrá solicitar la escolarización a partir de febrero pero bajo los siguientes condicionantes: a) Como norma general, las personas que no hayan iniciado el curso en octubre únicamente podrán solicitar cursos intensivos, es decir, cursos de cinco horas o de internado. b) Solamente cuando por circunstancias excepcionales la persona interesada no haya podido realizar la solicitud para iniciar el curso en octubre, el IVAP podrá permitirle iniciar un curso de 2 horas en febrero. Las personas escolarizadas desde octubre podrán solicitar tanto un curso intensivo como un cambio de módulo, es decir, el cambio de un módulo intensivo a un módulo de 2 horas, o al revés. En la convocatoria de noviembre los cursos de autoaprendizaje tendrán, a los efectos del cambio de módulo, el mismo tratamiento que el módulo de 2 horas. Cuarta Oferta de cursos en horario laboral. El anexo II recoge la oferta de cursos en horario laboral de la presente convocatoria. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.