BOPV nº 83 · · Hacienda y Administración Pública

DECRETO 94/2009, de 21 de abril, de modificación del Decreto por el que se regula la planificación, organización, distribución de funciones y modalidades de gestión en materia de sistemas de información y telecomunicaciones.

La regulación general dictada por esta Administración en relación con la planificación y organización en materia de sistemas de información y telecomunicaciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma se encuentra en el Decreto 35/1997, de 18 de febrero, por el que se regula la planificación, organización, distribución de funciones y modalidades de gestión en materia de sistemas de información y telecomunicaciones. La disposición adicional segunda de dicho decreto establece, bajo el título «Relaciones con algunas entidades de la Administración Institucional» la organización de la prestación de servicios informáticos a través de la sociedad pública «Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea-Sociedad Informática del Gobierno Vasco, S.A.» y la celebración con ésta, mediante la vía del convenio, de un contrato-programa, así como, el ámbito de actuación de la entonces existente sociedad pública «Euskalnet, S.A.» Los cambios operados en los últimos años, entre ellos, la extinción de esta última sociedad y la nueva regulación que en relación con los medios instrumentales propios y servicios técnicos de la Administración contempla la Ley de Contratos del Sector Público (Ley 30/2007, de 30 de octubre), reclaman y fundamentan la modificación que realiza el presente Decreto. En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 21 de abril de 2009, DISPONGO : Artículo único Modificación del Decreto 35/1997, de 18 de febrero, por el que se regula la planificación, organización, distribución de funciones y modalidades de gestión en materia de sistemas de información y telecomunicaciones. Se da nueva redacción al artículo 8 del Decreto 35/1997, de 18 de febrero, cuyo texto queda sustituido por el siguiente: Artículo 8 Modalidades de gestión. La gestión de los sistemas de información y de los sistemas de telecomunicación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma del País Vasco se llevará a cabo por los diferentes departamentos y entes institucionales dentro del ámbito de sus atribuciones, a cuyo fin podrán destinar sus propios recursos humanos y materiales, utilizar las distintas modalidades de gestión previstas en el ordenamiento jurídico, así como celebrar contratos o convenios con otros entes públicos y privados de conformidad a la legislación de contratos del sector público. Se da nueva redacción a la disposición adicional segunda del Decreto 35/1997, de 18 de febrero, cuyo texto queda sustituido por el siguiente: Segunda Encomiendas de gestión a la sociedad Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea-Sociedad Informática del Gobierno Vaco, S.A. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus