BOPV nº 81 · · Justicia, Empleo y Seguridad Social

ORDEN de 8 de abril 2009, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por la que se regulan y convocan para el ejercicio 2009 las subvenciones para la realización de programas y actividades en el área de familia en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

La convocatoria de ayudas para la realización de programas y actividades en el área de familia en la Comunidad Autónoma de Euskadi ha venido desarrollándose desde el año 2003 en el marco del I y del II Plan Interinstitucional de Apoyo a las Familias con Hijos e Hijas, aprobados por el Consejo de Gobierno en sus respectivas sesiones de 3 de julio de 2001 y de 26 de septiembre de 2006. Las evaluaciones de ambos Planes han revelado que estas ayudas son eficaces en la consecución de los fines propuestos y benefician de muy diversas formas a un altísimo porcentaje de familias que viven en nuestra comunidad autónoma. La reciente Ley 13/2008, de 12 de diciembre, de Apoyo a las Familias es la consolidación plena del conjunto de medias de protección a la familia que han sido creadas en el marco de los mencionados Planes Interinstitucionales, el amplio consenso alcanzado en la aprobación de la misma pone de manifiesto el sentir mayoritario de la sociedad vasca apoyando a la que es, sin duda, su institución natural básica: la familia. Por un lado, la importancia de esta institución es incontestable: en la medida en que las familias desarrollen mejor sus funciones, los individuos que crecen en ellas serán más plenos, más seguros, más solidarios... Por otro lado, la familia es una realidad continuamente afectada por los cambios sociales y es ahí donde el movimiento asociativo y la participación ciudadana desarrolla una importante labor por su proximidad a las realidades familiares más vulnerables, de alguna manera, su labor de campo les permite identificar con rapidez problemas y riesgos para posteriormente definir las estrategias con las que hacerles frente. Por ello, las ayudas a las entidades sin ánimo de lucro que realizan programas y actividades en el área de familia que se convocan y regulan en la presente Orden son uno de los cauces de cooperación en el diseño y aplicación de las medidas de protección, promoción y apoyo a las familias previstos por la propia Ley de Apoyo a las Familias, en su artículo 5.2. La presente Orden encuentra su fundamento en la concreta habilitación que el Decreto 315/2005, de 18 de octubre, por el que se establece la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, otorga a la Dirección de Familia para llevar a cabo actuaciones de fomento de apoyo a las familias, y por ello, regula las ayudas que este Departamento otorgará, durante el ejercicio 2009, a las entidades privadas sin ánimo de lucro para la realización de programas y actividades en el área de familia. Esta Orden, de carácter subvencional, se dicta al amparo de las competencias que en materia de asistencia social, promoción y desarrollo comunitario se establecen en los artículos 10.12 y 10.39, todos ellos del Estatuto de Autonomía para el País Vasco. En su virtud, oídas la Comisión Interinstitucional de Familia y la Comisión Permanente Sectorial de Familia, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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