BOPV nº 70 · · Cultura

RESOLUCIÓN de 23 de febrero de 2009, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se incoa y se abre un período de información pública y audiencia a los interesados en el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Conjunto Monumental, del conjunto formado por la Torre de la Puente o Balparda, el Palacio Balparda y su jardín, sito en Sopuerta (Bizkaia).

La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo ejercicio se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco. La Torre de la Puente o Balparda fue declarado Bien Cultural con la categoría de Monumento, mediante Orden de la Consejera de Cultura, de 14 de enero de 2002, BOPV n.º 25, de 5 de febrero. No obstante, habiéndose analizado y valorado el palacio y su jardín, se ha considerado conveniente integrar la citada torre en un conjunto monumental para dar cohesión a este espacio. Visto el interés cultural que presenta el conjunto formado por la Torre de la Puente o Balparda, el Palacio Balparda y su jardín, sito en Sopuerta (Bizkaia), atendiendo a la propuesta de resolución presentada por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural, RESUELVO : Primero Incoar el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Conjunto Monumental, del conjunto formado por la Torre de la Puente o Balparda, el Palacio Balparda y su jardín, sito en Sopuerta (Bizkaia) conforme a la delimitación que figura en el anexo I, la descripción obrante en el anexo II, así como el régimen de las intervenciones permitidas, de acuerdo con el anexo III. Segundo Abrir un período de información pública del expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Conjunto Monumental, del conjunto formado por la Torre de la Puente o Balparda, el Palacio Balparda y su jardín, sito en Sopuerta, para que, durante el plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se puedan efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estime oportuna, como previenen los artículos 84 y 86 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, sito en la calle Donostia-San Sebastián n.º 1, de Vitoria-Gasteiz. Tercero Notificar la Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Sopuerta y a los Departamentos de Cultura y Transportes y Urbanismo de la Diputación Foral de Bizkaia, así como al Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco, a fin de que en el plazo de quince días desde la notificación puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que consideren pertinentes. Cuarto Publicar la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Bizkaia, para su general conocimiento. En Vitoria-Gasteiz, a 23 de febrero de 2009. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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