BOPV nº 70 · · Educación, Universidades e Investigación
ORDEN de 20 de marzo de 2009, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se regulan y convocan las pruebas de acceso a las enseñanzas profesionales de música, y el procedimiento de su realización.
El artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, señala que para acceder a las enseñanzas profesionales de música será preciso superar una prueba específica de acceso. Mediante esta prueba se valorará la madurez, las aptitudes y los conocimientos para cursar con aprovechamiento las enseñanzas profesionales, de acuerdo con los objetivos establecidos en el Real Decreto 1577/2006, de 22 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales de música reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. El artículo 21 del Decreto 229/2007, de 11 de diciembre, por el que se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de música y el acceso a dichas enseñanzas en el ámbito territorial de competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV de 13 de marzo de 2008), dispone que el Departamento de Educación, Universidades e Investigación desarrollará el contenido de las pruebas, establecerá los criterios de evaluación y el procedimiento de realización de las mismas, y la composición y designación de los Tribunales al efecto. La presente norma al tiempo que garantiza la suficiencia de las pruebas quiere suponer una simplificación sustancial que facilite su gestión a los centros y comprensión a los interesados e interesadas con respecto a regulaciones anteriores. Igualmente, especial interés le merece a la Administración educativa de un lado la autonomía pedagógica de los centros cuyo papel en el diseño de las mismas se refuerza, y de otro la nueva regulación de los Tribunales en aras a facilitar una evaluación más integral y coherente de los candidatos y candidatas. Por todo ello, DISPONGO : Artículo 1 Objeto y ámbito. Es objeto de la presente Resolución la regulación y convocatoria de las pruebas de acceso a las enseñanzas profesionales de Música en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Artículo 2 Carácter de la convocatoria. Las pruebas de acceso son selectivas en la doble vertiente de exigir a los candidatos y candidatas una puntuación para integrarse en las enseñanzas y, de entre ellos y ellas, seleccionar a su vez aquellos o aquellas que dispondrán de plaza cuando la oferta de éstas sea limitada. Artículo 3 Efectos de la prueba. La superación de la prueba es válida únicamente para: a) Obtener plaza en el curso académico para el que se realiza. b) Obtener plaza escolar en el centro en que se efectúa. c) Obtener plaza escolar en la especialidad elegida. Artículo 4 Estructura y contenidos de las pruebas de acceso a las enseñanzas profesionales de música. Las pruebas de acceso a todas las especialidades instrumentales y de canto de las enseñanzas profesionales de música tendrán los siguientes apartados: a) Interpretación y aspectos técnicos. b) Prueba teórico-práctica. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.