BOPV nº 62 · · Justicia, Empleo y Seguridad Social
ORDEN de 10 marzo de 2009, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por la que se convoca concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia para la provisión de plazas vacantes en Órganos Judiciales, Fiscalías y Servicios de la Administración de Justicia radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Existiendo plazas vacantes en los puestos de trabajo genéricos de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia en Órganos Judiciales, Fiscalías y Servicios de la Administración de Justicia radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, dotadas presupuestariamente, cuya provisión se estima conveniente en atención a las necesidades del servicio, procede su convocatoria en concurso de traslados, de conformidad con lo establecido en el Título VIII de la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en el artículo 43 y siguientes y Disposición Derogatoria Única del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre. Por todo ello, este Departamento ha dispuesto convocar concurso de traslados para la provisión de los puestos que se relacionan en Anexo I, con arreglo a las siguientes bases: Primera Puestos que se pueden solicitar. Los funcionarios participantes podrán solicitar cualquiera de las plazas incluidas en el Anexo I, siempre que reúnan los requisitos generales exigidos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y los mantengan todos, incluida la situación administrativa en el Cuerpo o Escala desde el que participa, hasta la resolución definitiva del concurso, sin ninguna limitación por razón de la localidad de destino. Dichas vacantes se identificarán por el número de orden del órgano judicial. Con la sola solicitud del número de orden de un órgano judicial se entienden pedidas todas las vacantes del Cuerpo existentes en dicho órgano. También podrán solicitar los puestos que queden vacantes como consecuencia de la resolución del presente concurso, que se incorporarán en concepto de resultas a las vacantes ofertadas, salvo que se pretendan amortizar ante proyecto de modificación de la plantilla orgánica o reordenación de efectivos de un centro de trabajo en que no se anunciará ninguna resulta correspondiente al Cuerpo de que se trate. Los puestos de trabajo tienen que identificarse por el número de orden de convocatoria. Con la sola solicitud de un puesto de trabajo de un órgano judicial se entienden pedidas todas las vacantes del Cuerpo existentes en dicho órgano y, asímismo, todas las resultas que pudieran producirse en el orden de preferencia indicado. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.