BOPV nº 61 · · Educación, Universidades e Investigación
ORDEN de 10 de marzo de 2009, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, para premiar los mejores materiales didácticos audiovisuales o de software en euskera (concurso Migel Altzo de 2009).
Habida cuenta del creciente impacto de los materiales escolares audiovisuales o del software en el ámbito educativo, con el propósito de incentivar la calidad de dichos materiales y a fin de coadyuvar al correcto cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Normalización del Uso del Euskera y disposiciones que lo desarrollan, DISPONGO : CAPÍTULO I OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA Artículo 1 Convocar el concurso «Migel Altzo» correspondiente al año 2009, para seleccionar y premiar los mejores y/o más adecuados materiales escolares audiovisuales y software educativo producidos y distribuidos en euskera. Artículo 2 La participación en el presente concurso comporta la aceptación de las condiciones señaladas en esta convocatoria. CAPÍTULO II DESTINATARIOS DE LA CONVOCATORIA Artículo 3 Podrán acogerse a este concurso las personas interesadas que, estando legalmente constituidas, participan en la producción de material escolar audiovisual o de software educativo en euskera. Por otro lado, no podrán concurrir a las ayudas reguladas por la presente Orden quienes se hallen incursos en algunas de las causas establecidas en el apartado 5 del artículo 50 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, modificado por la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. A este respecto, los solicitantes deberán presentar una declaración jurada en la que acrediten que no se encuentran en ninguna de las causas descritas en el citado artículo. Artículo 4 La presente convocatoria abarca los siguientes materiales escolares audiovisuales o de software educativo, producidos en euskera y destinados a niveles no universitarios: a) Materiales en soporte vídeo. b) Materiales en soporte audio. c) Software educativo (CD-ROM, Internet). Artículo 5 1. Podrán participar en el presente concurso los materiales escolares audiovisuales producidos y distribuidos desde el 1 de enero de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2008, así como el software educativo producido y distribuido entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2008. Como fecha de producción se tomará la fecha del Depósito legal independientemente del formato en el que se presente el material educativo. CAPÍTULO III MATERIALES EXCLUIDOS Artículo 6 No podrán tomar parte en esta convocatoria los materiales escolares audiovisuales o de software educativo en los cuales concurran cualquiera de las siguientes características: a) Materiales escolares que no cumplan alguno(s) de los requisitos mencionados con anterioridad. b) Materiales escolares que no posean la autorización del Departamento de Educación, Universidades e Investigación. c) Las reediciones o adaptaciones de materiales escolares producidos en años anteriores. CAPÍTULO IV CUANTÍA DE LOS PREMIOS Artículo 7 1. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.