BOPV nº 57 · · Cultura
RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2009, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se incoa y somete a información pública y audiencia a los interesados el expediente para la modificación del Decreto 135/2002, de 11 de junio, por el que se calificó como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, el Casco Histórico de Laguardia (Álava), y se fijó su régimen de protección.
Mediante Decreto 135/2002, de 11 de junio, de adaptación a la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco (BOPV n.º 122 de 28 de junio y corrección de errores BOPV n.º 146 de 2 de agosto), se calificó el Casco Histórico de Laguardia como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, fijándose su régimen de protección. La muralla de Laguardia figura con Protección Especial en el citado Decreto. En referencia al régimen de protección establecido para esta muralla, los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural elaboraron un informe en el que proponían una nueva redacción de los artículos 6 y 23 del Régimen de Protección del Decreto 135/2002, de 11 de junio, por el que se calificó como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, el Casco Histórico de Laguardia (Álava), debido a las dudas interpretativas que se desprenden de los citados artículos. Conforme a los informes elaborados por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11 y siguientes de la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, RESUELVO : Primero Incoar y abrir un período de información pública y audiencia a los interesados del expediente de modificación del Decreto 135/2002, por el que se calificó como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, el Casco Histórico de Laguardia (Álava) y se fijó su régimen de protección. La modificación será la establecida en el anexo I de la presente Resolución (nueva redacción de los artículos 6 y 23 del Régimen de Protección del citado Decreto). Durante el plazo de 20 días contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se podrán efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estime oportuno, como previenen los artículos 84 y 86 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, sito en la calle Donostia-San Sebastián n.º 1 de Vitoria-Gasteiz. Segundo Notificar a los interesados el expediente de modificación del Decreto 135/2002, para que, durante el plazo de 15 días contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación, puedan efectuar alegaciones y presentar la documentación que estimen pertinente en defensa de sus derechos. Tercero Continuar con la tramitación del expediente, de acuerdo con las disposiciones en vigor. Cuarto Notificar la presente Resolución al Ayuntamiento de Laguardia y a los Departamentos de Cultura y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava, así como al Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco. Quinto Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Álava para su general conocimiento. En Vitoria-Gasteiz, a 13 de febrero de 2009. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.