BOPV nº 55 · · Industria, Comercio y Turismo
RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 2009, del Viceconsejero de Comercio, Consumo y Seguridad Industrial, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas destinadas a la realización de actividades de divulgación e información comercial para el ejercicio 2009.
La Orden de 15 de mayo de 2003, del Consejero de Industria, Comercio, y Turismo, regula la concesión de ayudas destinadas a actividades divulgativas e información comercial (BOPV n.º 103 de 28 de mayo de 2003), y ha sido modificada por la Orden de 24 de mayo de 2006 (BOPV n.º 111 de 13 de junio de 2006) y de 26 de febrero de 2009. De conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2009, dictando a tal objeto las normas necesarias. Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 5 de la orden de referencia RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria para el ejercicio 2009 de las ayudas previstas en la Orden de 15 de mayo de 2003, modificada por la de 24 de mayo de 2006 y la de 26 de febrero de 2009, de la Consejera de Industria, Comercio, y Turismo, por la que se regula la concesión de ayudas destinadas a diversas actividades de divulgación e información comercial. Para este fin se destinará un total de 250.000 euros, según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en la Ley 19/2008 de 29 de diciembre de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el ejercicio 2009, que se distribuirá de la siguiente manera: Para las actividades a las que se refiere el artículo 4.1.1 de la Orden de 15 de mayo de 2003, se destinarán 100.000,00 euros. Para las actividades a las que se refiere el artículo 4.1.2 de la Orden de 15 de mayo de 2003, se destinarán 150.000,00 euros. Estos importes podrán ser modificados, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Industria, Comercio y Turismo y con carácter previo a la resolución de las mismas. De la presente circunstancia se dará publicidad mediante Resolución del Viceconsejero de Comercio, Consumo y Seguridad Industrial. Artículo 2 Requisitos. Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden por la que se regula la concesión de ayudas destinadas a diversas actividades de divulgación e información comercial, deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 3 de misma. Artículo 3 Solicitudes y plazo. Un modelo de solicitud será facilitado en las Oficinas Territoriales del Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco, y en la dirección de Internet: www.euskadi.net./comercio. Las solicitudes y demás documentación complementaria deberán dirigirse a la Dirección de Comercio del Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco, presentándolas en las correspondientes Oficinas Territoriales de Industria, Comercio y Turismo de cada Territorio Histórico, o en los previstos en Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.