BOPV nº 55 · · Industria, Comercio y Turismo
RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2009, del Viceconsejero de Comercio, Consumo y Seguridad Industrial, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas establecidas en el Programa de Apoyo a la Modernización de Equipamientos Comerciales, para el ejercicio 2009.
La Orden de 8 de mayo de 2003 del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, modificada por la de 25 de mayo de 2006, establece el marco de ayudas de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco a los proyectos de inversión destinados a la modernización de equipamientos comerciales realizados por empresas radicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco. De conformidad a lo establecido en el artículo 7 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2009, dictando a tal objeto las normas necesarias. Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 7 de la Orden de referencia, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria para el ejercicio 2009 de las ayudas previstas en la Orden de 8 de mayo de 2003 del Consejero de Industria, Comercio, y Turismo, modificada por la de 25 de mayo de 2006, por la que se regula el Programa de Apoyo a la Modernización de Equipamientos Comerciales. Para este fin se destinarán 1.500.000,00 euros según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en la Ley 19/2008, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el ejercicio 2009. El volumen total de ayudas a conceder con cargo a la presente convocatoria, no podrá superar el importe consignado en este artículo o el que resulte de su actualización, conforme al régimen de vinculación crediticia o de modificación presupuestaria previsto en la legislación vigente. No procederá por tanto la concesión de nuevas ayudas una vez agotado dicho importe, suspendiéndose a partir de ese momento la eficacia de la presente disposición. En su caso, de ambas circunstancias se dará publicidad mediante resolución del Viceconsejero de Comercio, Consumo y Seguridad Industrial. Artículo 2 Requisitos. Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden de 8 de mayo de 2003 del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, modificada por la de 25 de mayo de 2006, deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Orden de referencia. El mencionado artículo 2 prevé que podrán acceder a dichas ayudas las pequeñas y medianas empresas que cumplan los requisitos establecidos en la misma interpretados conforme a lo dispuesto en la Recomendación 1996/28/CE, de 3 de abril, sobre definición de pequeñas y medianas empresas o las disposiciones que la sustituyan o modifiquen. A partir del 1 de enero de 2005 la citada Recomendación ha sido sustituida por la Recomendación 2003/361/CE, de 6 de mayo, por lo que los requisitos que deberán cumplir las pequeñas y medianas empresas para tener tal consideración serán los fijados en esta última Recomendación. Artículo 3 Solicitudes y plazo. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.