BOPV nº 53 · · Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
ORDEN de 24 de febrero de 2009, de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente la Modificación del Plan Especial de Ordenación del Puerto de Ondarroa.
Mediante Orden de 13 de febrero de 2007, de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, se aprobó inicialmente el expediente de Modificación del Plan Especial de Ordenación del Puerto de Ondarroa, acordando someterlo junto con su correspondiente estudio de evaluación conjunta de impacto ambiental al trámite de información pública durante el plazo de veinte días, según lo dispuesto en el artículo 95.2 por remisión del artículo 97, ambos de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo. El acuerdo de información pública se hizo efectivo mediante la inserción de los correspondientes anuncios en el Boletín Oficial del País Vasco y Boletín Oficial de Bizkaia, ambos de 2 de marzo de 2007 y en los diarios «El Correo» y «Berria» de igual fecha. Durante el referido plazo se presentaron tres escritos de alegaciones que fueron objeto de estudio e informe por la Dirección de Puertos y Asuntos Marítimos del Departamento de Transportes y Obras Públicas, promotor del documento de referencia. Como resultado de la información pública practicada, la citada Dirección de Puertos y Asuntos Marítimos en febrero de 2008 elaboró un Texto Refundido de la Modificación del Plan Especial. El expediente fue informado favorablemente por la Sección de Planeamiento Urbanístico de Bizkaia de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco, en su sesión 3/2008, de 17 de abril; no obstante, por un lado, debían subsanarse algunos errores detectados en la documentación gráfica, y por otro, por la Dirección de Patrimonio Cultural se señalaba una determinación de carácter vinculante, la cual deberá recogerse explícitamente en el texto normativo del Plan Especial. Por Orden de 6 de mayo de 2008, de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, se aprobó provisionalmente el expediente de modificación del Plan Especial de Ordenación del Puerto de Ondarroa. Con fechas 4 de julio y 15 de diciembre de 2008, la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar informó el presente expediente, con carácter favorable en el citado informe de 15 de diciembre. Por otra parte, cabe señalar que las determinaciones del documento de modificación del Plan Especial gozan de la cobertura urbanística suficiente. En lo que respecta al cumplimiento de lo dispuesto tanto en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, como en el Decreto 183/2003, de 22 de julio, por el que se regula el procedimiento de evaluación conjunta de impacto ambiental, por Resolución de 9 de febrero de 2009, de la Viceconsejería de Medio Ambiente, se ha formulado el informe definitivo de impacto ambiental y a los efectos de lo preceptuado en el artículo 23 del precitado Decreto, se acompaña a la presente Orden el anexo que contiene la preceptiva declaración sobre la decisión adoptada en relación a la integración en la Modificación del Plan de los aspectos medioambientales. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.