BOPV nº 46 · · Industria, Comercio y Turismo
RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2009, del Viceconsejero de Comercio, Consumo y Seguridad Industrial, por la que se hace pública la fecha en que se ha agotado el crédito presupuestario correspondiente al ejercicio 2008 habilitado para el programa de ayudas para zonas desfavorecidas de actuación urgente.
La Orden de 4 de septiembre de 2006, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, regula el Programa de ayudas destinadas a sostener la actividad comercial en municipios definidos como zonas desfavorecidas y ubicados en Margen Izquierda del Nervión y Bahía de Pasaia, mediante subvenciones a Ayuntamientos, Asociaciones de Comerciantes y a pequeñas y medianas empresas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 de la Orden reguladora de la Consejera de Industria, Comercio y Consumo de 4 de septiembre de 2006, se dará publicidad del agotamiento del crédito previsto para la resolución de esta convocatoria. Por lo expuesto, y habiéndose agotado, para el ejercicio presupuestario 2008, los fondos destinados a la concesión de las ayudas previstas en la Resolución de 23 de julio de 2008 del Viceconsejero de Comercio, Consumo y Seguridad Industrial, por la que se hacía pública la convocatoria de concesión, para el ejercicio 2008, de estas ayudas. DISPONGO : Primero Hacer público que, con fecha 30 de diciembre de 2008, ha quedado agotado el crédito presupuestario consignado, para el ejercicio 2008, con destino a la concesión de las ayudas para el Programa de ayudas destinadas a zonas desfavorecidas de actuación urgente. Segundo Para el caso de los proyectos de inversión presentados en el ejercicio 2008, que no hayan obtenido ayudas por falta de crédito presupuestario y que hayan sido denegadas en la forma prevista, se podrán imputar a los créditos presupuestarios del ejercicio siguiente, siempre que dichos proyectos cumplan con los requisitos establecidos en la Orden para obtener ayudas, para lo cual deberán presentar una nueva solicitud, si bien a los efectos de prioridad se conservará la fecha de la primera solicitud denegada, según el artículo 2.2 de la Orden reguladora. Tercero Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 3 de febrero de 2009. El Viceconsejero de Comercio, Consumo y Seguridad Industrial, RODRIGO GARCÍA AZURMENDI.