BOPV nº 43 · · Vivienda y Asuntos Sociales
ORDEN de 25 de febrero de 2009, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, por la que se convocan para el año 2009 las ayudas de apoyo y potenciación del voluntariado organizado, previstas en el Decreto 133/2002, de 11 de junio, de realización de actividades en el área de los servicios sociales.
Como señala la Ley 17/1998, de 25 de junio, del Voluntariado, el papel del mismo, en lo que a las Administraciones públicas vascas afecta, debe ser la contribución, en clave de innovación y en colaboración con otros agentes sociales, al diseño, desarrollo y ejecución de políticas públicas tendentes a garantizar el cambio social, teniendo como horizontes prioritarios la lucha contra la pobreza y las desigualdades y la construcción de una sociedad más justa e igualitaria. La Ley pretende garantizar todo ello, además de establecer un sistema acordado de relaciones entre los voluntarios y las voluntarias, con sus derechos y deberes mutuos, y las organizaciones en las que participan, bajo la premisa de que tal articulación de relaciones contribuye a fortalecer el ejercicio mismo de la libertad de las partes y evitar abusos. Por otro lado, la Ley Vasca del Voluntariado, facilita los mecanismos que posibilitan o incrementan el derecho de los ciudadanos y ciudadanas a participar en la construcción de la sociedad y, consiguientemente, la Ley representa el compromiso de la Administración Vasca de promover el voluntariado. En el Título IV se determinan el conjunto de actuaciones que con el fin de fomentar y facilitar la acción del voluntariado las Administraciones públicas vascas promoverán en el ámbito de sus competencias y de acuerdo con sus disponibilidades presupuestarias. En este sentido, el programa de ayudas regulado en la presente Orden, desarrolla lo dispuesto en la Sección 5.ª del Capítulo II del Decreto 133/2002, de 11 de junio, por el que se regulan las ayudas para la realización de actividades en el área de los servicios sociales en el País Vasco, en cuyo artículo cuarto se faculta al Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales para dictar la Ordenes precisas para su desarrollo y ejecución. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. La presente Orden tiene por objeto convocar para el año 2009 las ayudas de apoyo y potenciación del voluntariado organizado, previstas en el Decreto 133/2002, de 11 de junio, de realización de actividades en el área de los servicios sociales. Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables aquellas actividades dirigidas a la formación en materia de voluntariado, potenciación y coordinación del voluntariado social, así como al mantenimiento del área del voluntariado dentro de las entidades en las que se integra. A este fin se destinará un máximo total de ciento ochenta y tres mil ochocientos cincuenta y cinco (183.855,00) euros. El importe global consignado en este artículo podrá ser modificado, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales y con carácter previo a la resolución de las mismas. De la presente circunstancia se dará publicidad mediante Resolución de la Directora de Bienestar Social. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.