BOPV nº 43 ·
RESOLUCIÓN del Director de Juego y Espectáculos, por la que se establece el contenido mínimo y se aprueban los modelos normalizados de las certificaciones de seguros establecidos en el Decreto 183/2008, de 11 de noviembre por el se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos de Euskadi.
El artículo 98 del Decreto 183/2008, de 11 de noviembre por el se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos de Euskadi, establece el régimen de los seguros que es de aplicación en el desarrollo de los espectáculos taurinos a celebrar en la CAPV. El artículo 99 del Decreto 183/2008, de 11 de noviembre por el se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos de Euskadi, establece que el contenido mínimo y el formato de la certificación que acredite la contratación de los seguros preceptivos, se establecerá por Resolución de la persona titular de la Dirección de Juego y Espectáculos, que será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco. A fin de facilitar la tramitación administrativa de los espectáculos taurinos tanto a los organizadores como a los órganos administrativos competentes, es oportuno aprobar los modelos de certificación acreditativa de seguro aplicables, estableciendo así mismo su contenido mínimo. Por todo lo expuesto, RESUELVO : Artículo 1 Se aprueba el contenido mínimo de las certificaciones de seguro aplicables en la organización de los espectáculos taurinos en la CAPV, y que será el siguiente: Identificación de la Compañía Aseguradora o Correduría de Seguros y de la persona que actúe en su representación. Número de la póliza de seguro. Mención expresa a la cobertura de responsabilidad civil. Identificación del espectáculo o actividad recreativa a celebrar. Municipio y territorio histórico donde esté prevista la celebración. Fecha y hora de celebración. Identificación de la entidad organizadora del espectáculo o actividad recreativa. En su caso, identificación del local donde vaya a celebrarse. Mención expresa al aseguramiento del espectáculo o actividad recreativa. Mención expresa al aseguramiento del local cuando sea objeto asegurado. Cuantía del capital asegurado. Referencia al articulado del Decreto 389/1998, de 22 de diciembre, por el que se regulan los seguros de responsabilidad civil exigibles para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas sobre el ámbito de cobertura y mínimo exento del seguro o los seguros. Expresa mención al artículo y apartado correspondiente del Decreto 183/2008, en el que se basa la póliza. Fecha de la expedición del certificado, firmado por el titular o representante legal. Artículo 2 Se aprueban los modelos normalizados de las certificaciones de seguros establecidos en el Reglamento de Espectáculos Taurinos aprobado por el Decreto 183/2008, de 11 de noviembre, y que se incorporan a la presente Resolución como anexo. DISPOSICIONES FINALES Primera Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejera de Interior en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Segunda La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 20 de enero de 2009. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.