BOPV nº 36 · · Justicia, Empleo y Seguridad Social

RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2008, del Viceconsejero de Trabajo y Seguridad Social, por la que se da publicidad a la modificación de la cuantía global máxima destinada durante el año 2008 para la financiación de las ayudas previstas en las Ordenes del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, de 2 de julio de 2008, por la que se establecen ayudas para la intercooperación empresarial en la economía social, y la de 9 de julio de 2008, por la que se regulan las ayudas para la asistencia

La Orden subvencionadora, de 02-07-2008 por la que se establecen ayudas para la intercooperación empresarial en la economía social, en su artículo 14.1, hacía público el importe total de los créditos asignados para estas ayudas, siendo el siguiente: Se destinará para el año 2008 un total máximo de doscientos mil (200.000) euros, distribuidos mediante un crédito de pago para el ejercicio 2008 de cien mil (100.000) euros y un crédito de compromiso de cien mil (100.000) euros, correspondientes al ejercicio 2009. De conformidad con el artículo 14.1 de la Orden subvencionadora, de 02-07-2008, dicha cuantía global podría verse, en su caso, incrementada, en función de la vinculación presupuestaria existente, de las disponibilidades presupuestarias que resulten de la ejecución de otros programas del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social o de la aprobación de otras modificaciones presupuestarias. En el supuesto de que existan dichas modificaciones, se dará publicidad a esta circunstancia mediante Resolución del Viceconsejero de Trabajo y Seguridad Social. Con fecha 30-09-2008, quedó cerrado el plazo de presentación de solicitudes para acceder a las ayudas convocadas, y comenzó el proceso de registro y cuantificación de las solicitudes presentadas. A lo largo de este periodo se ha constatado que las cantidades solicitadas para las ayudas de intercooperación empresarial en la economía social, hacen aconsejable un incremento de la cuantía global destinada a esta ayuda. Se estima que son necesarios 100.000 euros más, 50.000 euros correspondientes al presupuesto ordinario del 2008 y 50.000 euros de crédito de compromiso para el presupuesto del 2009. Por otra parte, la Orden subvencionadora, de 09-07-2008 por la que se establecen ayudas para la asistencia técnica en las Empresas de Economía Social de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en su artículo 14.1, hacía público el importe total de los créditos Se destinará para el año 2008 un total máximo de quinientos mil (500.000) euros, distribuidos mediante un crédito de pago para el ejercicio 2008 de doscientos mil (200.000) euros y un crédito de compromiso de trescientos mil (300.000) euros, correspondientes al ejercicio 2009. De conformidad con el artículo 14.1 de la Orden subvencionadora, de 09-07-2008, dicha cuantía global podría verse, en su caso, incrementada, en función de la vinculación presupuestaria existente, de las disponibilidades presupuestarias que resulten de la ejecución de otros programas del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social o de la aprobación de otras modificaciones presupuestarias. En el supuesto de que existan dichas modificaciones, se dará publicidad a esta circunstancia mediante Resolución del Viceconsejero de Trabajo y Seguridad Social. Con fecha 30-09-2008, quedó cerrado el plazo de presentación de solicitudes para acceder a las ayudas convocadas, y comenzó el proceso de registro y cuantificación de las solicitudes presentadas. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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