BOPV nº 33 · · Cultura

RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2008, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se incoa y se abre un periodo de información pública y audiencia a los interesados en el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, de la Iglesia de Santa Isabel, sita en Arbígano, Ribera Alta (Álava).

La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo ejercicio se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Visto el interés cultural que presenta la Iglesia de Santa Isabel, sita en Arbígano, Ribera Alta, atendiendo a la propuesta de resolución presentada por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural, RESUELVO : Primero Incoar el expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, de la Iglesia de Santa Isabel, de Arbígano, Ribera Alta (Álava), conforme a la delimitación que figura en el anexo I y la descripción obrante en el anexo II. Segundo Abrir un período de información pública del expediente de inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco, con la categoría de Monumento, de la Iglesia de Santa Isabel, de Arbígano, Ribera Alta (Álava), para que, durante el plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se puedan efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estime oportuna, como previenen los artículos 84 y 86 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, sito en la calle Donostia-San Sebastián n.º 1, de Vitoria-Gasteiz. Tercero Notificar la Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Ribera Alta y a los Departamentos de Cultura, Juventud y Deportes y Urbanismo y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava, así como al Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco, a fin de que en el plazo de quince días desde la notificación puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que consideren pertinentes. Cuarto Publicar la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Álava para su general conocimiento. En Vitoria-Gasteiz, a 12 de diciembre de 2008. El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, GURUTZ LARRAÑAGA ZUBIZARRETA. ANEXO I Delimitación a) Descripción de la delimitación. La delimitación incluye, por un lado, al propio edificio en sí y, por otro, al entorno que lo circunda. Así, el área de la delimitación queda definida por los siguientes límites: al N una franja de 30 m paralela a esta fachada; al E una línea paralela a la fachada y distante 30 m; al W una línea paralela situada a 30 m de la fachada; al S una línea que en su lado SE limita con el camino de acceso a Arbígano y en el SW continúa esa delimitación hasta que alcanza la línea límite W, como se puede apreciar en el plano. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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