BOPV nº 29 · · Educación, Universidades e Investigación
EBAZPENA, 2008ko abenduaren 30ekoa, Hezkuntza sailburuordearena, IKE laguntza deialdiaren Ebazpena (2008ko azaroaren 4koa) zuzenduz.
El artículo 24.2 del Decreto 155/1993 por el que se regula el Boletín Oficial del País Vasco establece que los errores u omisiones que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido de la disposición, acto o anuncio, se salvarán mediante disposición o acto del mismo rango. El Viceconsejero de Educación resolvió la convocatoria de ayudas a las actividades extraescolares el 4 noviembre de 2008 (BOPV del 28 de noviembre). Sin embargo, una solicitud que, legal y reglamentariamente, debía haberse gestionado en la mencionada resolución, no llegó a la instancia administrativa correspondiente. Por todo ello, RESUELVO : Añadir los datos siguientes al primer anexo: Localidad Centro Actividad Ayuda Azpeitia CPEIPS IRAURGI HLBHIP Actividades de dinamización 596,00 euro DISPOSICIONES FINALES Primero Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante el Consejero de Educación, Universidades e Investigación en el plazo de un mes desde su publicación en el BOPV. Segunda La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el BOPV. Vitoria-Gasteiz, a 30 de diciembre de 2008. El Viceconsejero de Educación, PEDRO M.ª OCHOA BERNALES.