BOPV nº 41 · · Industria, Comercio y Turismo
ORDEN de 4 de febrero de 2009, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, de segunda modificación de la Orden por la que se regula el programa de ayudas destinadas a la promoción y comercialización turística.
La Orden de 17 de mayo de 2006, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, regula el programa de ayudas destinadas a la promoción y comercialización turística. Posteriormente, fue modificada por Orden de 25 de febrero de 2008, y ahora, al objeto de adecuar el programa de ayudas tanto a la puesta en marcha del Plan de Promoción y Comercialización para Euskadi, que se concreta en el «Hor Dago! Plana» Marketing Turístico de Euskadi 2009-2012, como a los nuevos sistemas de información al turista, se ha visto la necesidad de llevar a cabo determinadas modificaciones en su articulado. En su virtud, DISPONGO : Artículo primero Se modifica el apartado 2.A. del artículo 3 de la Orden de 17 de mayo de 2006, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de ayudas destinadas a la promoción y comercialización turística, quedando redactado en los siguientes términos: 2.A - Programas Globales de Promoción Turística bajo la marca Euskadi ... made in. Estos programas deberán incluir necesariamente actuaciones de, al menos dos, de los apartados que seguidamente se señalan: Realización de acciones promocionales y asistencia a ferias, jornadas, etc. En la asistencia a estas ultimas, y cuando participe el Departamento de Industria, Comercio y Turismo, esta deberá ser coordinada con el mismo. Creación y edición de material promocional turístico (ej./folletos de consumidor final, folletos de productos, DVD, etc., excepto regalos promocionales). Sistemas innovadores de información al turista (desarrollos web, dispositivos móviles, etc.). Artículo segundo Se modifica el apartado 2.A.1.1, párrafo tercero, del artículo 3 de la Orden de 17 de mayo de 2006, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de ayudas destinadas a la promoción y comercialización turística, quedando redactado en los siguientes términos: Entidades locales: 40% del gasto neto admitido con un importe máximo de 15.000 euros Artículo tercero Se modifica el apartado 2.C. del artículo 3 de la Orden de 17 de mayo de 2006, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de ayudas destinadas a la promoción y comercialización turística, quedando redactado en los siguientes términos: 2.C - Creación y comercialización de productos turísticos novedosos y que se encuadren en las líneas de producto definidas en el Hor Dago plana Marketing Turístico de Euskadi 2009-2012 y que se citan a continuación: Euskading, playa, turismo cultural, city breaks, turismo rural, naturaleza, gastronomía y vinos, y meetings. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.