BOPV nº 10 · · Industria, Comercio y Turismo

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 11 de diciembre de 2008, de la Comisión de Precios de Euskadi, por la que se aprueban las tarifas presentadas por el Ayuntamiento de Getxo para el servicio público de transporte urbano de viajeros en auto-taxi para el ejercicio 2009.

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, por el que se regula el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto. Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Resolución de 11 de diciembre de 2008, de la Comisión de Precios de Euskadi, por la que se aprueban las tarifas presentadas por el Ayuntamiento de Getxo para el servicio público de transporte urbano de viajeros en auto-taxi para el ejercicio 2009, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 249, de 30 de diciembre de 2008, se procede a su corrección: En el artículo primero, Tarifa I(*), Donde dice: (*)Esta tarifa será aplicable los días laborables entre las 07:00 horas y las 23:00 horas. Debe decir: «(*)Esta tarifa será aplicable los días laborables entre las 07:00 horas y las 22:00 horas.»

Publicación oficial en euskadi.eus