BOPV nº 8 · · Cultura

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 3 de diciembre de 2008, de la Consejera de Cultura, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones para la realización, durante el ejercicio 2009, de programas o actividades culturales particulares de ámbito supramunicipal.

El artículo 24.1 del Decreto 155/1993, de 1 de junio, sobre el Boletín Oficial del País Vasco, establece que la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento rectificará de oficio o a instancia del órgano o entidad interesado los errores tipográficos o de impresión que se produzcan en la inserción de los textos publicados, siempre que supongan alteración o modificación del sentido de los mismos o puedan suscitar dudas el respecto. Advertimos errores de dicha índole en la Orden de 3 de diciembre de 2008, de la Consejera de Cultura, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones para la realización, durante el ejercicio 20009, de programas o actividades culturales particulares de ámbito supramunicipal, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 248, de 29 de diciembre de 2008, se procede a su corrección. En el artículo 7.2.b), página 32343, donde dice: b) En el supuesto de que la suma de los importes de las subvenciones calculadas mediante el procedimiento mencionado en el apartado anterior excediera el límite presupuestario, el importe de la subvención a conceder en cada caso vendría determinado por la fórmula siguiente: siendo, Debe decir: b) En el supuesto de que la suma de los importes de las subvenciones calculadas mediante el procedimiento mencionado en el apartado anterior excediera el límite presupuestario, el importe de la subvención a conceder en cada caso vendría determinado por la fórmula siguiente: siendo,

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