BOPV nº 7 · · Hacienda y Administración Pública
ORDEN de 8 de enero de 2009, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, sobre actualización de cuantías contenidas en la Ley 5/1990, de 15 de junio, de elecciones al Parlamento Vasco.
La Disposición Adicional Cuarta de la Ley 5/1990, de 15 de junio, de elecciones al Parlamento Vasco, establece que las cuantías previstas en dicha Ley se refieren a pesetas constantes, correspondiendo al Departamento de Hacienda la actualización de las mismas en los siete días siguientes a la convocatoria de elecciones, de conformidad a la redacción dada por la Ley 15/1998, de 19 de junio. Por su parte, y como situación particularizada, el apartado 3 del artículo 151 de la Ley 5/1990, de 15 de junio, de elecciones al Parlamento Vasco, de conformidad a la redacción dada por la Ley 15/1998, de 19 de junio, dispone que la subvención pública de gastos electorales será objeto de actualización en los siete días siguientes a la convocatoria de elecciones. Dado que se ha procedido a la disolución del Parlamento Vasco y a la convocatoria de elecciones, procede dar cumplimiento a la prescripción legal contenida en los párrafos precedentes. En virtud de lo expuesto, DISPONGO : Primero Las cuantías contenidas en el artículo 151 de la Ley 5/1990, de 15 de junio, de elecciones al Parlamento Vasco y correspondientes a la subvención pública de gastos electorales quedan establecidas en: La correspondiente a la letra a) del apartado 1:.veinticuatro mil novecientos treinta y cinco coma noventa euros (24.935,90). La correspondiente a la letra b) del apartado 1: cero coma ochenta y cuatro euros (0,84). La correspondiente a la letra c) del apartado 1:.cuarenta y un mil quinientos cincuenta y nueve coma ochenta y un euros (41.559,81). La correspondiente a la letra a) del apartado 2: cero coma veintiún euros (0,21). Segundo El resto de las cuantías contenidas en la Ley 5/1990, de 15 de junio, de elecciones al Parlamento Vasco, no contenidas en el apartado anterior, se elevan en un noventa y cuatro coma cuarenta y dos por ciento (94,42%). DISPOSICIÓN FINAL La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 8 de enero de de 2009. La Consejera de Hacienda y Administración Pública, IDOIA ZENARRUTZABEITIA BELDARRAIN.