BOPV nº 248 · · Presidencia del Gobierno
RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2008, de la directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, por la que se regula la concesión de subvenciones, durante el ejercicio 2009, para fomentar el asociacionismo y potenciar la participacion de las mujeres en todos los ámbitos de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
El fin esencial de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 2/1988, de 5 de febrero, de creación del Instituto, es la consecución de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida política, económica y social del País Vasco, fijándose como objetivo del mismo, la promoción de las condiciones que faciliten la igualdad entre los sexos y la remoción de los obstáculos que impidan su plenitud de hecho y de derecho, y la eliminación de todas las formas de discriminación hacia las mujeres en Euskadi. La Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, exige a las administraciones públicas vascas que incentiven a las asociaciones que lleven a cabo actividades dirigidas a la consecución de la igualdad de mujeres y hombres, así como a promover la autonomía y a fortalecer la posición social, económica y política de las mujeres El artículo 15.1 de la Ley 4/2005 señala las líneas de intervención y directrices que deben orientar la actividad de los poderes públicos vascos en materia de igualdad de mujeres y hombres. En cumplimiento de las exigencias planteadas en el citado artículo, el Consejo de Gobierno ha aprobado el 26 de septiembre de 2006 el IV Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres / Directrices para la VIII Legislatura. A partir de estas directrices las administraciones públicas, tanto el Gobierno Vasco como las Diputaciones Forales y los Ayuntamientos, elaborarán y aprobarán, en cumplimiento de los apartados 2 y 3 del citado artículo 15, sus propios planes de igualdad en los que determinarán y concretarán los procesos, plazos y recursos con los que contribuirán al cumplimiento de los objetivos señalados en este Plan. El IV Plan se estructura en torno a cuatro elementos que son los ejes estratégicos que centran los grandes pilares de la intervención en materia de igualdad -mainstreaming, empoderamiento y participación sociopolítica, corresponsabilidad y conciliación y violencia contra las mujeres-, y a siete áreas, que estructuran los principales ámbitos institucionales de diseño, implantación y ejecución de esas intervenciones. Además propone, estrategias concretas de intervención adecuadas para el desarrollo de cada objetivo, con el fin de contribuir a facilitar la planicación posterior que debe ser llevada a cabo por cada una de las administraciones e instituciones implicadas en el desarrollo del Plan. Dicho Plan contempla el eje estratégico empoderamiento y participación sociopolítica. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.