BOPV nº 247 · · Agricultura, Pesca y Alimentación
ORDEN de 5 de diciembre de 2008, del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se convocan para el ejercicio 2009, las ayudas a los alojamientos destinados a las personas trabajadoras que presten servicios de temporada en el sector agropecuario, previstas en el Decreto 62/2007, de 17 de abril.
El Decreto 62/2007, de 17 de abril, de ayudas a los alojamientos destinados a las personas trabajadoras que presten servicios de temporada en el sector agropecuario, tiene por objeto la regulación del régimen de ayudas a la construcción, acondicionamiento, mejora o equipamiento de los alojamientos destinados a las personas trabajadoras que presten servicios de temporada en explotaciones agropecuarias de la Comunidad Autónoma del País Vasco. El decreto se adoptó y publicó como una medida, entre otras, que da cumplimiento al I Plan Integral de Atención a los Trabajadores Temporeros 2004-2007, aprobado por la Mesa Interinstitucional de Trabajo Temporero, presidida por el Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación, el 30 de junio 2004, que recoge entre su objetivos establecer la posibilidad de ayudas y subvenciones en materia de creación y/o mantenimiento de alojamientos comunitarios para temporeros. El artículo 8 dispone que anualmente, mediante orden del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, se abrirá el plazo de presentación de solicitudes, conteniendo la citada orden el plazo de presentación de solicitudes, dotación global máxima destinada a la totalidad de las ayudas y, en su caso, desglose plurianual de la misma, concreción de los criterios objetivos utilizados para la determinación de la cuantía de las ayudas y su ponderación y determinación de la documentación a presentar de entre la prevista en el artículo 7, párrafo 2, en función de los criterios objetivos elegidos en cada convocatoria. Con fecha diciembre de 2007 se aprobó por la Mesa Interinstitucional de Trabajo Temporero presidida por el Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación el II Plan Integral de Atención al Trabajo Temporero 2008-2012 que entre las acciones a realizar cuya financiación corresponde a este departamento, se encuentra el mantener las ayudas para la creación y/o mantenimiento de alojamientos comunitarios de temporerismo. Tanto para dar cumplimiento al Decreto 62/2007, de 17 de abril, como al II Plan Integral de Atención al Trabajo Temporero 2008-2012, se adopta y publica la presente orden. Por otro lado, la concesión de estas ayudas quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el año 2009, de conformidad con lo establecido en la Orden de 26 de abril de 2007, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula la tramitación anticipada de expedientes de gasto. En su virtud, RESUELVO : Primero Objeto. Es objeto de la presente orden convocar, para el ejercicio 2009, las ayudas previstas en el Decreto 62/2007, de 17 de abril, de ayudas a los alojamientos destinados a las personas trabajadoras que presten servicios de temporada en el sector agropecuario. Segundo Plazo de presentación de las solicitudes y documentación. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.