BOPV nº 246 · · Industria, Comercio y Turismo
ORDEN de 17 de diciembre de 2008, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de becas para la Formación de Expertos en Promoción Turística en mercados emisores.
Uno de los objetivos del Departamento de Industria, Comercio y Turismo es fomentar la actividad turística mediante la adecuada promoción en mercados emisores de turistas y/o mediante la búsqueda de nuevos mercados cuya demanda se ajuste a las características de nuestra oferta turística. Para ello, es preciso contar con la existencia de profesionales debidamente cualificados para realizar dicha tarea, que conozcan convenientemente nuestros mercados turísticos emisores. En este contexto, el Departamento de Industria, Comercio y Turismo suscribe anualmente con el Instituto de Turismo de España un convenio de colaboración para la realización de prácticas profesionales en las sedes que posee dicho Instituto en el extranjero. Es por ello que el Departamento considera conveniente seguir promoviendo becas de formación para titulados que haya finalizado recientemente sus estudios y quieran ampliar su conocimiento sobre promoción turística internacional. No obstante se ha constatado la necesidad de efectuar una nueva regulación del presente programa de becas que contemple diferentes modificaciones, destacando entre ellas el adecuar las titulaciones al nuevo plan de estudios de las Escuelas Oficiales de Idiomas del País Vasco, es decir, al marco de referencia europeo. Del mismo modo y en vista de la experiencia de las últimas convocatorias, se han realizado modificaciones en los criterios de selección y en los requisitos exigidos para el disfrute de la beca. A la vista de estas modificaciones que se pretenden, resulta conveniente derogar la citada Orden y sustituirla por una nueva disposición que articule los cambios introducidos de una manera sistemática. Y, en virtud de ello, DISPONGO : CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden la regulación del programa de becas para la Formación de Expertos en Promoción Turística en mercados emisores. Las actividades a realizar por los beneficiarios de estas becas se desarrollarán en las Consejerías de Turismo (OETS). Este programa de ayudas tendrá la consideración de subvenciones no reintegrables y se encontrarán sometidas a la normativa vigente reguladora de las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Las ayudas establecidas en la presente Orden se resolverán mediante el procedimiento de concurso. A tales efectos tendrá la consideración de concurso el procedimiento mediante el cual la concesión de las ayudas o subvenciones se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas atendiendo a los criterios de valoración previamente fijados en la presente norma y adjudicar sólo aquellas que hayan obtenido mayor valoración en la aplicación de los citados criterios. Artículo 2 Recursos económicos. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.