BOPV nº 244 · · Educación, Universidades e Investigación

DECRETO 205/2008, de 9 de diciembre, por el que se habilitan créditos en el Programa 4225 «Innovación Educativa y Formación Permanente del Profesorado» por ingresos obtenidos en el Programa 9119 «Otras Relaciones Financieras con el Sector Público Vasco», del Presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2008, por importe de 32.490,24 euros.

Se han obtenido ingresos adicionales, procedentes del Ayuntamiento de Durango, por importe de 2.878,37 euros relacionados con los gastos de funcionamiento del Berritzegune de Durango. Igualmente se han obtenido ingresos adicionales, procedentes del Ayuntamiento de Barakaldo, por importe de 29.611,87 euros en relación a una serie de actividades a desarrollar por el Berritzegune de Barakaldo. El Departamento de Educación, Universidades e Investigación solicita la habilitación del importe total de 32.490,24 euros para financiar los gastos de funcionamiento de los Berritzegunes de Bizkaia. Por tal motivo se procede a su habilitación, de conformidad con lo establecido en los artículos 82 y 83 del Decreto Legislativo 1/1994, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen Presupuestario de Euskadi. En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 9 de diciembre de 2008, DISPONGO : Artículo único Aprobar en el Presupuesto de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2008 una habilitación de créditos en el siguiente estado de gastos: Programa Subconcepto Euros 4225 237.31 2.878,37 4225 238.99 29.611,87 Total 32.490,24 Este crédito se genera por la obtención de ingresos por el mismo importe en el siguiente estado de ingresos: Programa Subconcepto Euros 9119 422.01 32.490,24 Los fondos se destinarán a financiar los gastos de funcionamiento de los Berritzegunes de Bizkaia. DISPOSICIÓN FINAL El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Dado en Vitoria-Gasteiz, a 9 de diciembre de 2008. El Lehendakari, JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU. La Consejera de Hacienda y Administración Pública, IDOIA ZENARRUTZABEITIA BELDARRAIN. El Consejero de Educación, Universidades e Investigación, JOSÉ ANTONIO CAMPOS GRANADOS.

Publicación oficial en euskadi.eus