BOPV nº 241 ·

ORDEN de 25 de noviembre de 2008, del Consejero de Interior, por la que se regulan y convocan subvenciones a Ayuntamientos y otras entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el desarrollo de actividades y/o programas de educación para la movilidad segura.

Los vehículos y su uso generalizado constituyen una de las características de las sociedades contemporáneas. Su empleo ha contribuido a aumentar la movilidad de personas y mercancías y, por ende, al desarrollo económico. Sin embargo, su uso extendido ha creado también innumerables daños sociales, económicos y de salud comunitaria a través de los accidentes de tráfico, tanto por su magnitud como por su gravedad. Estas consecuencias exigen que las distintas instituciones con responsabilidad en el ámbito de la seguridad vial tomemos medidas oportunas para prevenir los accidentes y para que, una vez producidos, se minimicen sus consecuencias. En este sentido, los Planes Estratégicos de Seguridad Vial han demostrado ser una herramienta útil y adecuada para aglutinar esfuerzos y conseguir un mayor impacto en las distintas acciones de prevención de accidentes. El Plan Estratégico de Seguridad Vial para la CAPV 2007-2010 tiene como finalidad reducir el número de personas fallecidas en accidentes de tráfico en un 50% para el año 2010 con respecto al año 2001. Para ello, el Plan cuenta con diferentes líneas de acción, entre las que destaca la educación, por ser ésta una herramienta valiosa de prevención de comportamientos de riesgo y un elemento de cambio y transformación social. El desarrollo de la educación para la movilidad segura, entendida como estrategia para disminuir los accidentes de tráfico y su gravedad, corresponde a todos los ámbitos donde haya un colectivo con riesgo de accidentalidad, sea en el tiempo libre, en el trabajo o en los centros educativos. Promover la educación para la movilidad segura supone un proceso de desarrollo social, tanto más eficaz cuanto mayor sea el grado de sensibilización, implicación y compromiso de los distintos agentes sociales. Por ello, resulta imprescindible incentivar acciones y programas educativos de prevención dirigidos a la población cuyos objetivos giren en torno al factor humano, factor que está presente como causa directa en la mayoría de los accidentes de tráfico. En virtud de la competencia que me otorga el Decreto 364/2005, de 8 de noviembre (BOPV n.º 224, de 24 de noviembre), sobre estructura orgánica y funcional del Departamento de Interior, =RESUELVO: Artículo 1 Objeto. La presente Orden tiene por objeto regular la convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos y otras entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco que durante el año 2009 realicen actividades y/o programas de educación para la movilidad segura. Artículo 2 Dotación económica. La dotación económica destinada a este Programa de subvenciones es de trescientos cincuenta mil (350.000) euros, con cargo a la partida presupuestaria correspondiente. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus