BOPV nº 239 · · Educación, Universidades e Investigación
ORDEN de 27 de octubre de 2008, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se resuelve la suscripción y renovación de Conciertos Educativos para los cursos escolares 2008-2009, 2009-2010, 2010-2011, 2011-2012, y la concertación para el curso escolar 2008-2009 para niveles post-obligatorios
La Orden de 14 de mayo de 2008 convocaba la suscripción y renovación de Conciertos Educativos a partir del curso escolar 2008-2009, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 293/1987, de 8 de septiembre. Examinadas las solicitudes presentadas por los centros docentes, y realizadas las correspondientes propuestas en los diferentes niveles educativos por las Comisiones del Departamento de Educación, Universidades e Investigación, RESUELVO : Primero Aprobar la planificación de los centros concertados para los cursos escolares 2008-2009, 2009-2010, 2010-2011, 2011-2012 con determinación del número de unidades por nivel educativo, de acuerdo al anexo I. Segundo Aprobar la concertación para el curso escolar 2008-2009 por nivel educativo, con determinación de la cuantía (excepto en los Programas de Cualificación Profesional Inicial), número de unidades, modelo lingüístico y régimen de concertación que se especifica en el anexo II a esta Orden. Tercero Denegar el concierto educativo a los centros que se relacionan en el anexo III a esta Orden con indicación del motivo de la denegación. Cuarto Los importes recogidos en el anexo II están calculados en base a los módulos económicos para el sostenimiento de los centros concertados recogidos en la Ley 15/2007, de 28 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2008. Respecto a las cuantías correspondientes a los Programas de Cualificación Profesional Inicial, al no serles de aplicación los módulos establecidos en la Ley 15/2007, se adecuarán a lo que se establezca por acuerdo de Consejo de Gobierno. En relación con los dos primeros cuatrimestres del año 2009, se realizarán los ajustes derivados de la aplicación de los módulos económicos que señale, en el momento de su aprobación, la Ley de Presupuestos para el ejercicio 2009. Los importes de la presente Resolución son topes máximos en los que están incluidos los gastos de personal docente y no docente. DISPOSICIÓN FINAL Contra la presente Resolución, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Universidades e Investigación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 27 de octubre de 2008. El Consejero de Educación, Universidades e Investigación, JOSÉ ANTONIO CAMPOS GRANADOS.