BOPV nº 235 · · Agricultura, Pesca y Alimentación
RESOLUCIÓN de 14 de octubre de 2008, del Director de Agricultura y Ganadería, por la que se establece la relación de los materiales de base para la producción de materiales forestales de reproducción en la Comunidad Autónoma del País Vasco
Mediante Resolución de 18 de septiembre de 2007, del Director de Agricultura y Ganadería, que a su vez sustituía a otra anterior Resolución de 21 de junio de 2005, se estableció la relación de los materiales de base para la producción de materiales forestales de reproducción seleccionados en la Comunidad Autónoma del País Vasco al amparo del Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre comercialización de los materiales forestales de reproducción, que sustituyó a la Orden de 21 de enero de 1989. El artículo 2 de dicho Real Decreto dispone que los órganos competentes de las Comunidades Autónomas son la autoridad competente respecto de la ejecución de las operaciones necesarias para la autorización de los materiales de base y el control de la producción con vistas a la comercialización. El artículo 3 dispone que la autorización de los materiales de base para la producción de los materiales forestales de reproducción identificados, seleccionados, cualificados y controlados se efectuará por el órgano competente de la respectiva Comunidad Autónoma. Por todo ello, habida cuenta de las competencias de las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de semillas y plantas de vivero, y del Decreto 290/2005, de 11 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación, RESUELVO : Primero Autorizar para la producción de materiales forestales de reproducción, los materiales de base de las distintas especies sitos en el País Vasco que figuran en el anexo de la presente resolución. Segundo Los materiales de base autorizados por la presente resolución sustituyen a los autorizados por la Resolución de 2 de junio de 2005, del Director de Agricultura y Ganadería. Tercero Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y dar comunicación al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino a los efectos previstos en los artículos 2 y 3 del Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo. Cuarto Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Desarrollo Agrario y Pesquero en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación. En Vitoria-Gasteiz, a 14 de octubre de 2008. El Director de Agricultura y Ganadería, JOSÉ ANTONIO OCIO ORIVE. EUSKAL AUTONOMIA ERKIDEGOAN BASOGINTZAKO UGALKETA-GAI AUKERATUAK EKOIZTEKO OINARRIZKO GAIEN ZERRENDA MATERIALES DE BASE PARA LA PRODUCCIÓN DE MATERIALES FORESTALES DE REPRODUCCIÓN EN LA CAPV Maila Categoría Kontrolpekoa Controlado Espeziea Especie Pinus radiata Jatorrizko eskualdea Región procedencia Erregistro-zk. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.