BOPV nº 234 · · Cultura
RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2008, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se incoa y somete a información pública y audiencia a los interesados el expediente de desafectación del inmueble n.º 9 de la calle Santo Domingo de Vitoria-Gasteiz (Álava), incurso en un procedimiento de declaración de ruina
La Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco (BOPV n.º 157, de 6 de agosto) establece en su artículo 36 la prohibición del derribo de los bienes culturales calificados y de los inventariados sin la previa declaración de ruina y autorización expresa de la Diputación Foral, siendo preciso asimismo la autorización previa del Gobierno Vasco sobre la desafectación. En desarrollo de la citada normativa se dicta el Decreto 306/1998, de 10 de noviembre, sobre la declaración de estado ruinoso de los bienes culturales calificados y de los inventariados y actuaciones previas y posteriores a la resolución sobre el derribo de los mismos (BOPV n.º 226, de 26 de noviembre). El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz remitió el 31 de enero de 2008 al Centro de Patrimonio Cultural Vasco copia del expediente de declaración de ruina del inmueble situado en el n.º 9 de la calle Santo Domingo, en el Casco Histórico, y solicitud para que se incoara el correspondiente expediente de desafectación, de conformidad con el Decreto 306/1998 citado. Este inmueble es un elemento de protección básica en virtud del Decreto 312/1997, de 23 de diciembre, por el que se califica como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, el Casco Histórico de Vitoria-Gasteiz y se fija su régimen de protección (BOPV n.º 9, de 15 de enero de 1998). A la vista de los informes técnicos, el expediente de ruina y las actuaciones seguidas, el Consejo Asesor del Patrimonio Arquitectónico Monumental de Euskadi, en la sesión de 12 de junio de 2008, acordó la desafectación del inmueble n.º 9 de la calle Santo Domingo en Vitoria-Gasteiz. Vista la propuesta de resolución presentada por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco; así como en el artículo 17 del Decreto 306/1998, de 10 de noviembre, sobre la declaración de estado ruinoso de los bienes culturales calificados y de los inventariados y actuaciones previas y posteriores a la resolución sobre el derribo de los mismos y demás normativa de aplicación, RESUELVO : Primero Incoar procedimiento de desafectación del edificio incurso en procedimiento de ruina de la calle Santo Domingo n.º 9 de Vitoria-Gasteiz, elemento de protección básica en virtud del 312/1997, de 23 de diciembre, por el que se califica como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, el Casco Histórico de Vitoria-Gasteiz (Álava) y se fija su régimen de protección. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.