BOPV nº 232 · · Osakidetza-Servicio vasco de salud

OPE 2008 BASES GENERALES, RESOLUCIÓN 4235/2008, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES GENERALES QUE HAN DE REGIR LOS PROCESOS SELECTIVOS OSAKIDETZA.

El Plan Estratégico del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud para 2008-2012 incorpora, entre los compromisos públicos que complementan sus retos y líneas estratégicas, y como requisito necesario para el cumplimiento de su misión, la consolidación de su plantilla a través de la realización de Ofertas públicas de Empleo. Por otra parte, el Acuerdo de 14 de marzo de 2008 de la Mesa Sectorial de Osakidetza-Servicio vasco de salud, aprobado por Decreto 106/2008, de 3 de junio recoge en su anexo 15 la convocatoria de una Oferta publica de Empleo para el año 2008 con un número mínimo de 2000 plazas a computar al momento de la resolución definitiva del proceso. El criterio de inclusión de las plazas a convocar se acordó en la Comisión Mixta Paritaria de seguimiento de dicho Acuerdo y fue ratificado por Acuerdo del Consejo de Administración del Osakidetza-Servicio vasco de salud, por el que se aprueba la Oferta Pública de Empleo. Por ello, de conformidad con lo establecido en la Ley 8/1997, de 26 de junio de Ordenación Sanitaria de Euskadi, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, y en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, y demás disposiciones de vigente aplicación, y oídas las Organizaciones Sindicales del Sector, RESUELVO : Primero Aprobar las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en Osakidetza-Servicio vasco de salud. Segundo De acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, así como en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales de Osakidetza, contra esta Resolución podrá ser interpuesto recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV. En Vitoria-Gasteiz, a 28 de noviembre de 2008. La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, GLORIA QUESADA MENÉNDEZ. ANEXO I BASES GENERALES QUE HAN DE REGIR LOS PROCESOS SELECTIVOS PARA LA ADQUISICIÓN DEL VÍNCULO ESTATUTARIO FIJO EN OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD Objeto. Es objeto de las presentes bases establecer las normas generales para la provisión mediante el sistema de concurso-oposición de los destinos ofertados pertenecientes a categorías de personal estatutario de Osakidetza-Servicio vasco de salud. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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