BOPV nº 226 · · Agricultura, Pesca y Alimentación

ORDEN DE 6 DE NOVIEMBRE DE 2008, DEL CONSEJERO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN, POR LA QUE SE PROCEDE A LA CONVOCATORIA DE AYUDAS, PARA EL EJERCICIO 2008, AL AMPARO DEL DECRETO ___/2008, DE 11 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA LA APLICACIÓN DEL ENFOQUE LEADER DE ACUERDO AL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL SOSTENIBLE DEL PAÍS VASCO 2007-2013.

El Decreto 185/2008, de 11 de noviembre, por el que se regula la aplicación del enfoque Leader de acuerdo al Programa de Desarrollo Rural Sostenible del País Vasco 2007-2013, tiene por objeto recoger y regular la concesión de ayudas económicas destinadas a la financiación de actividades e inversiones para la diversificación de la economía rural y la mejora de la calidad de vida en las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco. El artículo 7.2 del citado Decreto 185/2008, de 11 de noviembre, establece que anualmente, por Orden del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, se abrirán los plazos de presentación de las solicitudes de ayuda; se dará publicidad al importe de los recursos económicos destinados a su financiación y la procedencia de los mismos, y se determinará el ámbito temporal en el que habrán de materializarse las inversiones y actividades auxiliables. El Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, establece en su artículo 49.5 que, una vez en vigor los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi de cada ejercicio económico, se procederá a actualizar, revisar o en su caso establecer las normas reguladoras de la concesión de subvenciones de los programas y a realizar la convocatoria correspondiente de aquellas que fueron en su momento reguladas con carácter indefinido. Una vez aprobada la Ley 15/2007, de 28 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2008 se hace preciso, por tanto, proceder a dicha convocatoria. En su virtud, RESUELVO : Primero Objeto. Es objeto de la presente orden convocar las ayudas a conceder bajo el enfoque Leader conforme al Programa de Desarrollo Rural Sostenible del País Vasco para el período de programación 2007-2013, previstas en el Decreto 185/2008, de 11 de noviembre. Segundo Plazo de presentación de solicitudes. En el ejercicio 2008, el plazo de presentación de solicitudes para acceder a la convocatoria de ayudas establecida por el Decreto 185/2008, de 11 de noviembre, por el que se regulan las líneas de ayudas a actividades e inversiones para la diversificación de la economía rural y la mejora de la calidad de vida en las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Programa Leader) será de quince días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercero Solicitudes y documentación a presentar. Las solicitudes para acogerse a las ayudas aquí convocadas se presentarán en original y copia, bien directamente o a través de las asociaciones de desarrollo rural, ante el Grupo de Acción Local «Asociación para el Progreso del Desarrollo Rural Mendinet». […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus