BOPV nº 222 · · Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

RESOLUCIÓN DE 29 DE OCTUBRE DE 2008, DE LA DIRECTORA DE BIODIVERSIDAD Y PARTICIPACIÓN AMBIENTAL, POR LA QUE SE SOMETE A INFORMACIÓN PÚBLICA EL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE DESARROLLA LA RED ECOLÓGICA EUROPEA NATURA 2000 EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO.

En aplicación de la Directiva 79/409/CEE, relativa a la conservación de las aves silvestres y de la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, se ha implantado en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco la Red Natura 2000, una red ecológica cuyo objetivo es el mantenimiento de la biodiversidad en el territorio europeo, definiendo un marco común para la conservación de la fauna y la flora silvestres y los hábitats de interés comunitario. La Red Natura 2000 en la Comunidad Autónoma del País Vasco está constituida por seis Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y cincuenta y dos Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), designados por la Comisión Europea mediante las siguientes Decisiones: Decisión 2004/813/CE de la Comisión, de 7 de diciembre de 2004, por la que se aprueba la lista de Lugares de Importancia Comunitaria de la región biogeográfica atlántica. Esta Decisión ha sido actualizada mediante la Decisión 2008/23/CE de la Comisión, de 12 de noviembre de 2007. Decisión 2006/613/CE, de 19 de julio de 2006, por la que se aprueba la lista de Lugares de Importancia Comunitaria de la Región Biogeográfica Mediterránea. Esta Decisión ha sido actualizada igualmente mediante Decisión 2008/335/CE, de 28 de marzo de 2008. Conforme a lo establecido en la Directiva 92/43/CEE, en el plazo de seis años desde la aprobación de la lista de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), la Comunidad Autónoma debe designar estos lugares Zonas Especiales de Conservación (ZEC) y adoptar las correspondientes medidas de conservación para los hábitats y especies de interés comunitario en base a los cuales han sido seleccionados. En el marco de la Ley 3/1998, General de Protección de Medio Ambiente del País Vasco, y de la Estrategia Ambiental Vasca de Desarrollo Sostenible 2002-2020, el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha elaborado un proyecto de Decreto que establece las bases para la implantación, planificación y gestión de la Red Natura 2000 en la Comunidad Autónoma del País Vasco. El artículo 8 de la Ley 8/2003, de 22 de diciembre, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General, contempla el trámite de información pública cuando el carácter de las disposición así lo aconseje. Por otra parte, el artículo 16 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, establece que las Administraciones Públicas deben velar porque se informe al público sobre cualesquiera propuestas de planes, programas y disposiciones de carácter general y porque el mismo tenga derecho a expresar observaciones y opiniones cuando estén abiertas todas las posibilidades. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus