BOPV nº 222 · · Educación, Universidades e Investigación

IMPORTE. RESOLUCIÓN QUE MODIFICA EL IMPORTE GLOBAL DESTINADO A LAS AYUDAS ECONÓMICAS A LAS PERSONAS QUE HAN REALIZADO CURSOS DE IDIOMAS MULTIMEDIA O HAN RECIBIDO SERVICIOS DE AUTORIZACIÓN, EN AMBOS CASOS PREVIAMENTE HOMOLOGADOS POR EL DEPARTAMENTO.

Según establece el artículo 4 de la Resolución de 15 de abril de 2008 del Viceconsejero de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente (BOPV de 29 de abril), se destinará al objeto de las ayudas a las que se refiere dicha Resolución la cantidad de 90.000,00 euros con cargo a la partida presupuestaria establecida al efecto en los Presupuestos Generales de la CAPV. Asimismo en el citado artículo se establece que dicho importe podrá verse incrementado de conformidad con lo previsto en el artículo 6.1 de la Orden de 17 de enero de 2006. Vistas las necesidades económicas que trae consigo la resolución de la convocatoria de subvenciones, y en virtud del artículo 4 de la Resolución de 15 de abril de 2008 antes citada, RESUELVO : Primero Incrementar el importe global de la convocatoria de ayudas en 3.500,00 euros. Segundo Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 20 de octubre de 2008. El Viceconsejero de Administración y Servicios, PABLO LARRAURI ALTONAGA.

Publicación oficial en euskadi.eus