BOPV nº 222 · · Vivienda y Asuntos Sociales
ORDEN de 7 de noviembre de 2008, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, sobre ayudas a la promoción de viviendas de protección pública y medidas de fomento al alquiler.
El Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo establece en su artículo 41, apartados a), c), d), g) y h) como actuaciones protegibles la promoción de vivienda protegida para su arrendamiento, venta o uso propio, incluyendo también la promoción por rehabilitación y la promoción y construcción de alojamientos dotacionales. El artículo 42 del citado Decreto, regula dos tipos de ayudas: la financiación cualificada y las ayudas económicas directas. El vigente Plan Director de Vivienda 2006-2009 fue aprobado por Consejo de Gobierno, en su sesión de 3 de octubre de 2006. La finalidad de dicho Plan es establecer las Directrices para las actuaciones del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales en materia de vivienda durante el período señalado, incorporando criterios de planificación estratégica, fomento y otras orientaciones que, no teniendo el carácter de estratégicas, son de gran calado para los agentes en materia de vivienda y para los ciudadanos necesitados de vivienda de protección pública. Entre los ejes estratégicos de actuación de dicho Plan Director se incluye la incentivación del programa de ayudas a la promoción de viviendas en alquiler. Por otra parte, el Plan Director abre dos nuevas vías en materia de alquiler como son la promoción de alojamientos dotacionales y la puesta en marcha de proyectos piloto para la rehabilitación de viviendas de titularidad pública en el medio rural para su puesta en alquiler. Asimismo, la experiencia acumulada a lo largo de estos años exige una serie de mejoras en la redacción de la Orden anterior, así como una actualización de las medidas financieras. Finalmente se debe señalar que la formulación y tramitación de este Decreto se ha sujetado a lo señalado en el artículo 22 de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres así como a las Directrices para la realización de la evaluación previa del impacto de género aprobadas por el Consejo de Gobierno del País Vasco en sesión celebrada el día 13 de febrero de 2007. En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 373/2005, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, y en el artículo 41.2 del Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo, DISPONGO : CAPÍTULO I Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden el desarrollo parcial del artículo 41, del Decreto 39/2008, sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo, regulando las medidas financieras concretas para las actuaciones protegibles que se desarrollan en la presente Orden. Artículo 2 Actuaciones protegibles. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.