BOPV nº 216 · · Industria, Comercio y Turismo
RESOLUCIÓN DE 27 DE OCTUBRE DE 2008, DEL DIRECTOR DE CONSUMO Y SEGURIDAD INDUSTRIAL, POR LA QUE SE RECONOCE A ASTI FORMACION, S.L., COMO ENTIDAD RECONOCIDA PARA LA FORMACIÓN DE PROFESIONALES AUTORIZADOS EN LA ESPECIALIDAD DE OPERADOR DE GRÚAS MÓVILES AUTOPROPULSADAS.
N.º Expediente / Asunto: SEG/09608.igs. ANTECEDENTES DE HECHO : Uno. Con fecha 11 de septiembre de 2008, la representación de Asti Formación, S.L. presenta ante el Departamento de Industria, Comercio y Turismo, solicitud para el reconocimiento como Entidad de Formación de Profesionales Autorizados en las especialidades siguientes: Carné de cualificación individual para operador de grúas móviles autopropulsadas. Dos. Junto con dicha solicitud se acompaña la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos y condiciones previstos en el Capítulo V del Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial y, en particular: Datos de identificación de la Entidad, cuya sede se encuentra ubicada en Polígono Ibaiondo, 27 - 1.º (20120 Hernani). Descripción de los recursos humanos de la entidad para la impartición de las acciones formativas correspondientes. Especificación de los cursos a desarrollar, detallando los temarios, metodología, organización y sistemas de evaluación previstos. Tres. Con fecha 7 de octubre de 2008, el Jefe de la Oficina Territorial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo en Gipuzkoa, emitió informe favorable a la autorización como entidad reconocida en relación con la solicitud de Asti Formación, S.L. En la resolución del expediente es necesario tener en cuenta y hacer referencia a los siguientes, FUNDAMENTOS JURÍDICOS: Uno. La Dirección de Consumo y Seguridad Industrial es el órgano competente para la adopción de la presente Resolución de conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Decreto 284/2005, de 11 de octubre, por el que se establece la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Industria, Comercio y Turismo. Dos. La tramitación del expediente se ha efectuado de acuerdo con lo establecido en el Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial. Tres. Así mismo, queda acreditado que Asti Formación, S.L. entra en el supuesto recogido en el apartado C) del punto 1 del artículo 22 del citado Decreto, situándose las instalaciones con las que cuenta en el Territorio Histórico de Gipuzkoa. Cuatro. En cumplimiento de lo establecido en el 25 del citado Decreto 63/2006, de 14 de marzo, se ha presentado, por parte de la entidad solicitante, la documentación suficiente acreditativa. Vistos los preceptos legales citados y otros de general y concordante aplicación, RESUELVO : Reconocer a la entidad Asti Formación, S.L. de Hernani como Entidad Reconocida para la Formación de Profesionales Autorizados en la especialidad de: Carné de cualificación individual para operador de grúas móviles autopropulsadas. Disponer la Inscripción de la referida Entidad en el Registro Especial de Entidades Autorizadas para la Formación de Profesionales Autorizados, con el Numero de Registro: REFPA n.º A-0077. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.