BOPV nº 209 · · Vivienda y Asuntos Sociales

ORDEN DE 7 DE OCTUBRE DE 2008, DEL CONSEJERO DE VIVIENDA Y ASUNTOS SOCIALES, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD A LA TRANSFERENCIA %U2013 DE UN IMPORTE DE 49.216,86%U20AC - DESDE LA DOTACIÓN PRESUPUESTARIA DE LA LÍNEA DE FINANCIACIÓN DE ESTRATEGIAS-MARCO DE ACCIÓN HUMANITARIA A LA LÍNEA DE FINANCIACIÓN PERMANENTE.

El Decreto 31/2008, de 19 de febrero, por el que se regulan las ayudas a acciones humanitarias con cargo a la cooperación para el desarrollo, establece en su artículo 4 que la convocatoria de ayudas se realizará anualmente mediante orden del Consejero de Vivienda y Asuntos sociales y que ésta recogerá dos líneas de financiación: una línea de financiación permanente y una línea de financiación de estrategias-marco de acción humanitaria. En virtud de la Orden de 25 de marzo de 2008, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, se convocaron las ayudas a acciones humanitarias para el ejercicio 2008. La dotación presupuestaria ha sido por un importe global de 3.011.039,66 euros, destinándose 1.505.519,83 euros para la línea de financiación permanente y 1.505.519,83 euros para la línea de financiación de estrategias-marco de acción humanitaria. Una vez analizadas las tres solicitudes presentadas y tras superar las fases de valoración e instrucción establecidas en los artículos 28 y 29 del Decreto 31/2008, se determinó proponer la concesión de las ayudas a los dos solicitudes que habían obtenido una mayor puntuación, de acuerdo con el artículo 29.2 del citado decreto, por lo que el Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, mediante Orden de 18 de septiembre de 2008, ha acordado la concesión de ayudas por un importe total de 1.407.086,11 euros. Por lo tanto, se ha producido una diferencia excedentaria entre la Autorización para la línea de financiación de estrategias-marco de acción humanitaria (1.505.519,83 euros) y la cantidad que efectivamente se va a resolver conceder (1.407.086,11 euros), de lo cual resulta que existe un excedente de 98.433,72 euros. El artículo 20 del Decreto 3/2008, de 19 de febrero, prevé en su artículo 20 que el importe que no pueda ser asignado a ninguna estrategia-marco de acción humanitaria pueda destinarse a la línea de financiación permanente. Dado que la distribución de la dotación de la línea de financiación permanente es de dos ejercicios (50% en 2008 y 50% en 2009), se va a proceder a transferir el 50% del remanente (49.216,86 euros) a la línea de financiación permanente convocada para el ejercicio 2008. El restante 50% de crédito de compromiso para 2009 (49.216,86 euros), se va a transferir al crédito de compromiso correspondiente al año 2009 de las ayudas a proyectos con cargo al Fondo de Cooperación al desarrollo de 2008, convocadas por la Orden de 30 de abril de 2008. Por todo lo anterior, RESUELVO . Dar publicidad a la transferencia de 49.216,86 euros desde la línea de financiación de estrategias-marco de acción humanitaria a la línea de financiación permanente, convocadas ambas por la Orden de 25 de marzo de 2008 y de otros 49.216,86 euros de la línea de financiación de estrategias-marco de acción humanitaria a la dotación de ayudas a proyectos con cargo al Focad, convocada por la Orden de 30 de abril de 2008. En Vitoria-Gasteiz, a 7 de octubre de 2008. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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