BOPV nº 208 · · Cultura
ORDEN DE 8 DE OCTUBRE DE 2008, DE LA CONSEJERA DE CULTURA, POR LA QUE SE REGULAN LAS AYUDAS DESTINADAS A LA PARTICIPACIÓN DE PROFESORES DE EUSKALTEGIS MUNICIPALES EN ACTIVIDADES DE EVALUACIÓN, SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN DERIVADAS DE LA IMPLANTACIÓN DE LOS PLANES DE EUSKERA EN LAS ENTIDADES LOCALES (PINBE).
La Viceconsejería de Política Lingüística del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco tiene como uno de sus objetivos fundamentales el desarrollo del Plan General de Promoción del Uso del Euskera, ratificado por el Parlamento Vasco en su sesión de 19 de diciembre de 1999. Entre los objetivos específicos y propuestas de actuación del Plan General de Promoción del Uso del Euskera (EBPN/PGPUE), concretamente entre los relativos al ámbito de la Administración, figura la necesidad de implementar planes de euskera en las Administraciones Públicas, principalmente municipales y comarcales, para lo que resulta necesario crear o reforzar los servicios de normalización lingüística correspondientes. En lo que respecta al trabajo de implantación, diversas entidades locales vienen concretando y cumplimentando su plan de desarrollo del EBPN/PGPUE y, dentro del mismo, el plan interno de uso del euskera en la correspondiente entidad local. La implantación de tales planes ha evidenciado nuevas necesidades de diferente naturaleza y contenido vinculadas a los mismos. Paralelamente, se han detectado por parte de HABE situaciones en las que la dedicación de parte del profesorado de los euskaltegis municipales está por debajo de la media habitual. Hay que añadir que estos profesionales pueden ser de gran utilidad para atender las nuevas necesidades derivadas de la implantación de dichos planes. Es por ello que, atendiendo al ámbito competencial establecido por el Decreto 8/2005, de 27 de junio, del Lehendakari, que regula la creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como por el Decreto 25/2006, de 14 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura, se entiende oportuno promover la presente línea subvencional que contribuya a facilitar la labor de desarrollo del EBPN/PGPUE en las entidades locales. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente convocatoria regular las ayudas destinadas a fomentar la participación de profesores de euskaltegis municipales en actividades de evaluación, seguimiento y coordinación de los planes de euskera en sus municipios. Artículo 2 Actividad subvencionable. Se considerarán actividades subvencionables las siguientes actuaciones llevadas a cabo por el profesorado de los euskaltegis municipales: Evaluación y seguimiento de las acciones recogidas en el Plan General del Uso del Euskera y del plan de normalización del uso del euskera. Coordinación entre el servicio de euskera y el euskaltegi municipal. Artículo 3 Recursos económicos. Se destinan al objeto de las ayudas establecidas en la presente Orden un total de 839.424 euros, dicha cantidad se podrá incrementar conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional de esta Orden. De esa cantidad 232.692 euros corresponden al ejercicio de 2008, y los restantes 606.732 euros al ejercicio de 2009. Artículo 4 Beneficiarios. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.