BOPV nº 208 · · Cultura

(ACUERDO ACADEMIA-HABE) ACUERDO ENTRE LA DIRECCIÓN DEL ORGANISMO AUTÓNOMO ACADEMIA DE POLICÍA DEL PAÍS VASCO/EUSKAL HERRIKO POLIZIA IKASTEGIA Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE HELDUEN ALFABETATZE/INSTITUTO DE ALFABETIZACIÓN REEUSKALDUNIZACIÓN DE ADULTOS, SOBRE ENCOMIENDA DE LA GESTIÓN MATERIAL DE LA FORMACIÓN LINGÜÍSTICA EN CENTROS DE ENSEÑANZA POR EL SISTEMA DE AUTOAPRENDIZAJE EN LA ERTZAINTZA.

En Arkaute, a 29 de setiembre de 2008. REUNIDOS De una parte, la Ilma. Sra. D.ª Guadalupe Camino García, Directora del Organismo Autónomo Academia de Policía de Policía del País Vasco / Euskal Herriko Polizia Ikastegia. Y de otra, el Ilmo. Sr. D. Joseba Erkizia Itoitz, Director General de HABE. DECLARA N Primero Que la Academia de Policía del País Vasco / Euskal Herriko Polizia Ikastegia, conforme a la Ley 4/1992, de 17 de julio, de Policía del País Vasco, es un Organismo Autónomo de carácter administrativo adscrito al Departamento de Interior, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, entre cuyas competencias se encuentra la de programar, organizar y desarrollar los cursos de capacitación lingüística para los funcionarios de la Ertzaintza, según el Decreto 30/1998, de 24 de febrero. Segundo Que el Organismo Autónomo Academia de Policía del País Vasco / Euskal Herriko Polizia Ikastegia, carece de los medios humanos y materiales suficientes para la ejecución de un programa de formación lingüística en centros de enseñanza por el sistema de autoaprendizaje destinado a la Ertzaintza, siendo preciso encomendar tal actividad a una entidad que, disponiendo de tales recursos, la lleve a cabo en las mejores condiciones de especialidad. Tercero Que HABE, de acuerdo con la Ley 29/1983, de 25 de noviembre, de creación del Instituto de Alfabetización y Reeuskaldunización de Adultos, es un organismo autónomo adscrito al Departamento de Cultura, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines. Cuarto Que HABE cuenta con una organización y medios precisos para atender las necesidades de Academia de Policía del País Vasco / Euskal Herriko Polizia Ikastegia expresadas anteriormente. Quinto Por todo lo anterior, los reunidos, en la condición en que intervienen, acuerdan formalizar el presente Acuerdo de encomienda de gestión, con arreglo a las siguientes CLÁUSULAS Primera El Organismo Autónomo Academia de Policía del País Vasco / Euskal Herriko Polizia Ikastegia y HABE acuerdan, en el marco de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que HABE lleve a cabo, por razón de no disponer el primero de los medios técnicos idóneos para ello, la gestión material de un programa formación lingüística en centros de enseñanza por el sistema de autoaprendizaje en la Ertzaintza. Segunda La gestión material que se encomienda, se concretará en las siguientes actividades, con el alcance que en cada caso se señala: a) La enseñanza del euskera en centros de enseñanza a los alumnos que designe la Academia de Policía del País Vasco / Euskal Herriko Polizia Ikastegia, por el sistema de autoaprendizaje, durante un curso académico, esto es, desde octubre de 2008, hasta junio de 2009, ambos incluidos. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

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