BOPV nº 201 · · Agricultura, Pesca y Alimentación
Decreto 171/2008 por el que se regulan las líneas de ayudas a la promoción y desarrollo de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco (Programa EREIN).
Siendo, de conformidad con la Ley 10/1998, de 8 de abril, de Desarrollo Rural, objetivos generales de la política de desarrollo rural de la multifuncionalidad y la sostenibilidad de la agricultura vasca y del conjunto de su medio rural, preservar las señas de identidad fundamentales del medio rural, promover la mejora e incremento de la capacidad competitiva tanto de la agricultura como de las empresas y estructuras económicas de las zonas rurales, en el presente decreto, y como ya se había hecho anteriormente mediante los Decretos 167/2000, 274/2000 y 100/2002, se regulan, las líneas de ayudas a la promoción y desarrollo de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y se regula el procedimiento y condiciones de otorgamiento de ayudas económicas cuya concesión corresponde al Departamento de Agricultura, Pesca y Alimentación, dentro de los créditos que a tal efecto se prevean en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de conformidad con el decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco. El Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio, por el que se establecen las disposiciones generales sobre los Fondos Estructurales, define los objetivos a cuya consecución deben contribuir los Fondos Estructurales, así como los requisitos que han de cumplir los Estados miembros y las regiones para beneficiarse de los mismos. Por su parte, el Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), recoge en su artículo 71 que determinadas medidas, como son las recogidas en el capítulo II de este decreto, serán cofinanciadas por el FEADER, siempre que se cumplan los requisitos en aquel recogidos y en el resto de la normativa aplicable. Así, tales medidas se incluyen en el «Plan de Desarrollo Rural Sostenible de la Comunidad Autónoma del País Vasco 2007-2013», aprobado mediante Decisión de la Comisión C (2008) 704 de 15 de febrero de 2008. Además, estas medidas del capítulo II podrán recibir financiación adicional, en forma de ayuda de Estado y con cargo exclusivamente a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Los capítulos III, IV y V recogen ayudas destinadas a la creación, ampliación y modernización de empresas, a la creación de empleo en zonas rurales y destinadas a la vivienda, para las que no se dispondrá de financiación comunitaria. Para la gestión de las ayudas se designa a la Sociedad Pública Itsasmendikoi S.A. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.