BOPV nº 199 · · Cultura

RESOLUCIÓN DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 2008, DEL VICECONSEJERO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES, POR LA QUE SE MODIFICA EL IMPORTE GLOBAL MÁXIMO DESTINADO EN LA ORDEN DE 15 DE MAYI DE 2008, DE LA CONSEJERA DE CULTURA, POR LA QUE SE REALIZA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA PROMOCIÓN DE LA DANZA.

ANTECEDENTES La Orden de 15 de mayo de 2008, de la Consejera de Cultura, realizaba la convocatoria de ayudas para la promoción de la danza y en su artículo 2 fijaba el importe global de dichas ayudas en la cantidad de doscientos treinta y cuatro mil (234.000,00) euros. Asimismo, en la Disposición Adicional de la misma Orden se preveía lo siguiente: Los importes consignados en el artículo 2 podrán ser modificados, por Resolución del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas del Departamento de Cultura, y con carácter previo a la resolución de los mismos. La mencionada Resolución deberá ser publicada en el BOPV Con fecha 28 de junio de 2008 quedó cerrado el plazo de presentación de solicitudes para acceder a las ayudas convocadas y comenzó el proceso de registro y cuantificación de las solicitudes presentadas. A lo largo de este periodo se ha constatado que el número de proyectos y las cantidades solicitadas en la modalidad de Producción de obras de danza haría aconsejable un incremento de la cantidad destinada a la misma. Dado que existe en este momento disponibilidad presupuestaria, Por todo ello, RESUELVO : Primero Incrementar en 20.000,00 euros el importe global máximo destinado en la Orden de 15 de mayo de 2008, de la Consejera de Cultura, por la que se realiza la convocatoria de ayudas para la promoción de la Danza. Por tanto, la cantidad global máxima prevista en el artículo 2 de dicha convocatoria, queda fijada en doscientos cincuenta y cuatro mil (254.000,00) euros. Segundo El incremento fijado en el artículo anterior repercutirá en la modalidad de Producción de obras de danza. Tercero Publicar la presente Resolución en el BOPV. DISPOSICIONES FINALES Primera Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el BOPV ante la Consejera de Cultura. Segunda La presente Resolución surtirá efectos desde su adopción. En Vitoria-Gasteiz, 18 de septiembre de 2008. El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, GURUTZ LARRAÑAGA ZUBIZARRETA.

Publicación oficial en euskadi.eus