BOPV nº 199 · · Educación, Universidades e Investigación
RENOVACIONES. RESOLUCIÓN QUE RESUELVE LAS SEGUNDAS Y TERCERAS RENOVACIONES DE LAS AYUDAS CONVOCADAS POR ORDEN DE 07-05-08 DENTRO DE LOS PROGRAMAS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO DE PERSONAL INVESTIGADOR.
La Orden de 7 de mayo de 2008, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, por la que se regulan y convocan las ayudas nuevas y renovaciones para los Programas de Formación y Perfeccionamiento de Personal Investigador correspondientes al curso 2008-2009 contempla la renovación de las ayudas concedidas en el curso 2007-2008 dentro del programa de ayudas predoctorales para formación de personal investigador, modalidades AE, AK y B (artículos 14 y 26). Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes de las segundas y terceras renovaciones y tomando en consideración la evaluación de dichas solicitudes y la propuesta elevada por la Comisión Evaluadora, en cumplimiento de lo dispuesto en la Orden de 7 de mayo de 2008, RESUELVO : Primero Conceder la renovación solicitada para el curso 2008-2009 al personal investigador en formación que figura en el anexo I cuyos contratos en prácticas actuales finalizan el 30 de septiembre de 2008. Segundo Conceder la renovación solicitada para el curso 2008-2009 al personal investigador en formación que figura en el anexo II. Este personal investigador en formación pasará de la situación jurídica de beca a la de contrato en prácticas el 1 de octubre de 2008. Tercero Conceder la renovación de las ayudas de formación de investigadores para el curso 2008-2009 a cada uno de los beneficiarios de la modalidad AK que figuran en el anexo III. Este personal investigador en formación continuará en la situación jurídica de beca, siendo la fecha de efectos de la renovación el 1 de octubre de 2008. Cuatro. Conceder las ayudas de estas renovaciones a los centros de aplicación del personal investigador en formación que figura en el anexo I para financiar las correspondientes ampliaciones de los contratos en prácticas que actualmente disfrutan de acuerdo a las cantidades dispuestas en el anexo IV. Las ampliaciones de los contratos cubrirán el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2008 y el 30 de septiembre de 2009. Quinto Conceder las ayudas de las renovaciones a los centros de aplicación del personal investigador en formación que figura en el anexo II para financiar los correspondientes contratos en prácticas, de acuerdo a las cantidades dispuestas en el anexo V. Estos contratos en prácticas cubrirán el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2008 y el 30 de septiembre de 2009. Sexto Abonar las ayudas de estas renovaciones a los Centros de Aplicación una vez hayan sido recibidas en la Dirección de Política Científica la copias de los contratos y las declaraciones responsables de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como en el pago de obligaciones por reintegro. Séptimo La cuantía, duración y demás condiciones para el disfrute de estas ayudas son las que se deriven de lo dispuesto en la Orden de 7 de mayo de 2008. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.